Diario La Prensa

Multas de la Ley de Inspección

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1 La ley establece el pago del 25% del

perjuicio económico por trabajador afectado. Multa no debe ser menor de L5,000.

2 Multas sin perjuicio económico. El acoso

sexual laboral o falta de

un marco sancionato­rio más fuerte, algo que no ocurría antes.

Anonimato. Madero recordó que ahora las denuncias también pueden hacerse de manera anónima para prevenir represalia­s en contra del trabajador. “Con la nueva ley se puede de- medidas de seguridad se castiga con L100,000.

3 Impedir la libertad de asociación. Se castiga

con multa de L300,000.

4 No permitir la inspección laboral se

castiga con L250,000.

nunciar por medio de la página de la Secretaría, donde hay un apartado de denuncias, y hace poco lanzamos una aplicación para este fin”, informó. Otras de las novedades de la ley es que se creó un nuevo procedimie­nto administra­tivo para la inspección y así agilizar la justicia laboral. Además, la Secretaría está habilitada para cerrar una empresa en la cual se detecte que hay un riesgo contra la vida de los empleados. “Si vemos que el trabajador puede perder la vida porque no tiene medidas de seguridad, podemos paralizar las operacione­s de la empresa”, expuso. José Luis Baquedano, dirigente obrero del país, rechazó un cambio que se le dio al artículo 72 de la ley. Indicó que este se refiere a la formación de sindicatos, en la primera publicació­n se estableció que se podía hacer la notificaci­ón de creación de una asociación por vía electrónic­a a la Secretaría. “Pero ahora se deben levantar firmas, autenticar documentos y hay que hacer un montón de trámites. Con la primera redacción, la notificaci­ón era inmediata”, comentó.

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