Eliminada por unanimidad la ley mordaza
La disposición que fue denominada como “mordaza” pasó ayer a la historia
Sépalo El titular del Congreso Mauricio Oliva solicitó la dispensa de debates para que se aprobara en uno solo.
TEGUCIGALPA. Bajoelrespaldo unánime de los diputados de todas las fuerzas políticas, el polémico literal B del artículo 335 del Código Penal pasó ayer ala historia siendo derogado de este instrumento jurídico en el Congreso Nacional. Luego de varios meses de señalamientos y peticiones de la prensa hondureña para que se anulara la disposición concerniente a la apología e incitación del terrorismo que atentaba contra la libertad de expresión, el apartado se suprimió con 108 votos a favor y ocho congresistas quenoemitieron su sufragio. En la correspondencia que es remitida a la Secretaría del CN se le dio lectura a la opinión enviada por la Corte Suprema de Justicia sobre este inciso, la que a pesar de no ser vinculante es un requisito previo a que se reforme o derogue una disposición de un Código vigente. La certificación emitida por Rolando Argueta, titular de máximo órgano jurisdiccional del país, incluía los alcances del pronuncia miento, antecedentes de los proyectos de decreto al igual que los criterios de la Corte. Por medio de una reconsideración hecha por el exdiputado del Partido Nacional, Óscar Álvarez, se agregó este literal, el cual ya había sido reformado por el Congreso y no se incluyó en el nuevo Código Penal.
Piedra angular. “La libertad de expresión esuna piedra angular en la existencia misma de una sociedad democrática, es indispensable para la formación de la opinión pública, por ende, es posible afirmar que una sociedad que no está bien informada no es plenamente libre”, subraya el veredicto. Añade que “la dimensión individual de la libertad de expresión se proyecta en la posibilidad de expresar el pensamiento, usando los medios que elija el emisor y también en la facultad de difundirlo a través de ello para que sea conocido por sus naturales destinatarios. Obstruir o vulnerar cualquiera de esas dos proyecciones limita y afecta el ejercicio de su derecho en su conjunto”. La Corte concluyó que el literal B del artículo 335 “no está acorde a la libertad de expresión”.