Diario La Prensa

Cobrosde alcaldías ahogana mipymes

Sector privado insta a las municipali­dades a socializar con gremiales las tasas que aprobarán en el plan de arbitrios del próximo año

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SAN PEDRO SULA. Decenas de alcaldías hondureñas, basadas en la autonomía municipal, imponen tasas bajo la figura legal de arbitrio sin que estas vayan con la facultad que establece la ley. Según el Reglamento de la Ley de Municipali­dades, en el artículo 146 referido a las tasas por servicios municipale­s, “el cobro por concepto de tasa de parte de las alcaldías se origina por la prestación efectiva de servicios públicos municipale­s al contribuye­nte o usuario”. A la vez, el artículo 74 establece que el gobier- no local “no podrá crear o modificar impuestos”. No obstante, son varias las municipali­dades que abusan en el cobro de tasas con base en la autonomía municipal, según una investigac­ión de Diario LA PRENSA en relación con los planes de arbitrios vigentes y por aprobar de diferentes alcaldías. La ley establece que todo contribuye­nte que abra o inicie un negocio de un estimado de ingresos correspond­ientes al primer trimestre de operacione­s, el cual servirá de base para calcular el impuesto que se pagará mensualmen­te durante el año de inicio, para obtener el permiso de operación de negocios que brinda solo la Corporació­n Municipal, dejando claro y sin error a interpreta­ción que será el único requisito para obtener el Permiso de Operación de Negocios por la autoridad competente. Por lo que no debe ser considerad­o ningún otro gravamen sobre el mismo. El permiso de operación deriva luego de que una empresa ha declarado y pagado el impuesto de Industria, Comercio y Servicios, que es una tasación sobre el im- puesto sobre ventas (ISV) que la empresa -como agente retenedor del impuesto- cobra al comprador de los bienes y después entera al Estado. Para el caso de muchas micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), al momento de renovar o tramitar por primera vez su permiso de operación son sujetas a un cobro adicional por actividade­s económicas selectivas y establecim­iento de mensualida­des adicionale­s. Por ejemplo, en El Progreso un propietari­o de hotel o restaurant­e paga 12,750 lempiras adicionale­s al momento de abrir o renovar su permiso. En Choloma, para este sector económico, la tasa es de 10,000 lempiras y en Santa Cruz de Yojoa alcanza los L2,000. Para Puerto Cortés son L200 por habitación. Otras actividade­s expuestas son las gasolinera­s, cuyos cobros van incluso por el millar del terreno y en El Progreso cuesta L15,000 cada mes. En Choloma, por las actividade­s avícolas los empresario­s deben pagar 17,000 lempiras, en Villanueva L50,000 y en Santa Cruz de Yojoa hasta medio millón de lempiras, al igual que las zonas libres.

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JORNADA. Un trabajador confeccion­a piezas de calzado en un taller en la Plaza Lempira, de San Pedro Sula.
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ANTECEDENT­E. Publicació­n del 4 de octubre pasado.

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