No se contrató el operador que certificara el servicio
El IP no contrató a la empresa responsable de garantizar el cumplimiento de Tonnjes
TEGUCIGALPA . El contrato de suministro de placas establecía que el Instituto de la Propiedad (IP) debía contratar a una empresa que pusiera en funcionamiento el Operador del Registro de la Propiedad Vehicular, pero esta obligación no se cumplió. Segúnel documento, el Operador del Registro de la Propiedad se debe encargar de hacer las solicitudes de placas al proveedor. Las peticiones deben incluir el suministro de todo el embalaje, etiquetas y sistemas para gestión. El Operador del Registro de la Propiedad Vehicul ar tiene que recibir los bienes solicitados al productor de placas y constatará que reúna las características establecidas en el contrato. También debe supervisar que la empresa proveedora, en este caso Tonnjes, cumpla con los pedidos de placas, los que deben ser de un mínimo de 10,000 y un máximo de 200,000 mensuales. Cuando por motivos justificados nos se pueda ejecutar el plan de entregas, el operador puede autorizar una modificación del calendario o cronograma de entregas. Otra atribución del operador es certificar la calidad del producto. Mientras no se haga la contratación del Operador del Registro de la Propiedad Vehicular, esa función la desarrolla el Instituto de la Propiedad. El contrato y sus adendas están plagados de inconsistencias.