Tras sanción, la otra semana entrará en vigor ley de mipymes
Empresas nuevas deben inscribirse para gozar de beneficios en normativa
TEGUCIGALPA. La Ley de Incentivo para la Micro y Pequeña Empresa fue sancionada ayer por el presidente de la República, Juan Orlando Hernández, en un evento en el que participaron representantes del sector privado y funcionarios de Gobierno. Anunciaron que en los próximos días será publicada en el diario oficial La Gaceta para que cobre vigencia. El instrumento ha sido calificado por el Ejecutivo como un nuevo esquema de atención de las mipymes, dando la autorización para que el Estado no cobre ningún tipo de tributo, tasas o contribuciones, con la excepción del ISV que pagan los clientes. Hernández pidió celeridad en la aplicación de la normativa para que nuevas micro y pequeñas empresas comiencen a operar en el país. “No puede pasar del próximo viernes para que esto esté operando en línea y luego la reglamentación también la próxima semana”, emplazó el mandatario a los funcionarios encargados del sector. Sobre el otorgamiento de recursos a las empresas, dijo que “ya están disponibles y ya se está trabajando con varios de los actores para canalizar recursos. A partir de mañana (hoy) comienzan también a colocarse estos recursos”.
El Gobierno estima que en los próximos 12 meses se logrará llegar a 12,000 micros y pequeños negocios, entre nuevos y los que están operando en informalidad. De acuerdo con la ley, son beneficiarios “las micro y pequeñas empresas que se constituyan, o aquellas que hayan venido operando informalmente y se formalicen”. Esto en un plazo de 12 meses contados a partir de la entrada en vigencia del decreto. La inscripción podrán realizarla en las cámaras de comercio, Instituto de la
Propiedad (IP) o a través de la plataforma electrónica miempresaenlinea.org. El trámite será gratuito, ya que la ley exonera de las tasas registrales. Después de constituirse como comerciante individual o como sociedad pueden solicitar el RTN (registro Tributario Nacional) en el Servicio de Administración de Rentas (SAR). Luego, “los comerciantes formalizados deben obtener un certificado especial generado por medio del portal “Mi empresa en línea” autorizado por la Secretaría de Desarrollo Económico (SDE)”, establece la normativa. Uno de los beneficios de la ley es que las nuevas empresas estarán exentas del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR), Impuesto al Activo Neto y de la Aportación Solidaria Temporal, anticipo del 1% en concepto del ISR. Para ello deben inscribirse en un registro de exonerados que manejará la Secretaría de Finanzas. También estarán exentos de tasas registrales relacionadas con el acto de constitución de la empresa, tasas municipales, cobro por la emisión de actos administrativos, licencias o permisos. Otro de los beneficios es que podrán acceder a créditos a través de cooperativas y cajas rurales con fondos del Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda (Banhprovi), que tendrá disponibles 2,000 millones de lempiras. Mientras que Crédito Solidario tiene 135 millones disponibles a una tasa de interés de 1% mensual.
“Con CertifiCado usuario estará listo para haCer todos sus proCesos” MARIO KAFATI Subsecretario de la Mipyme