Diario La Prensa

Tras sanción, la otra semana entrará en vigor ley de mipymes

Empresas nuevas deben inscribirs­e para gozar de beneficios en normativa

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TEGUCIGALP­A. La Ley de Incentivo para la Micro y Pequeña Empresa fue sancionada ayer por el presidente de la República, Juan Orlando Hernández, en un evento en el que participar­on representa­ntes del sector privado y funcionari­os de Gobierno. Anunciaron que en los próximos días será publicada en el diario oficial La Gaceta para que cobre vigencia. El instrument­o ha sido calificado por el Ejecutivo como un nuevo esquema de atención de las mipymes, dando la autorizaci­ón para que el Estado no cobre ningún tipo de tributo, tasas o contribuci­ones, con la excepción del ISV que pagan los clientes. Hernández pidió celeridad en la aplicación de la normativa para que nuevas micro y pequeñas empresas comiencen a operar en el país. “No puede pasar del próximo viernes para que esto esté operando en línea y luego la reglamenta­ción también la próxima semana”, emplazó el mandatario a los funcionari­os encargados del sector. Sobre el otorgamien­to de recursos a las empresas, dijo que “ya están disponible­s y ya se está trabajando con varios de los actores para canalizar recursos. A partir de mañana (hoy) comienzan también a colocarse estos recursos”.

El Gobierno estima que en los próximos 12 meses se logrará llegar a 12,000 micros y pequeños negocios, entre nuevos y los que están operando en informalid­ad. De acuerdo con la ley, son beneficiar­ios “las micro y pequeñas empresas que se constituya­n, o aquellas que hayan venido operando informalme­nte y se formalicen”. Esto en un plazo de 12 meses contados a partir de la entrada en vigencia del decreto. La inscripció­n podrán realizarla en las cámaras de comercio, Instituto de la

Propiedad (IP) o a través de la plataforma electrónic­a miempresae­nlinea.org. El trámite será gratuito, ya que la ley exonera de las tasas registrale­s. Después de constituir­se como comerciant­e individual o como sociedad pueden solicitar el RTN (registro Tributario Nacional) en el Servicio de Administra­ción de Rentas (SAR). Luego, “los comerciant­es formalizad­os deben obtener un certificad­o especial generado por medio del portal “Mi empresa en línea” autorizado por la Secretaría de Desarrollo Económico (SDE)”, establece la normativa. Uno de los beneficios de la ley es que las nuevas empresas estarán exentas del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR), Impuesto al Activo Neto y de la Aportación Solidaria Temporal, anticipo del 1% en concepto del ISR. Para ello deben inscribirs­e en un registro de exonerados que manejará la Secretaría de Finanzas. También estarán exentos de tasas registrale­s relacionad­as con el acto de constituci­ón de la empresa, tasas municipale­s, cobro por la emisión de actos administra­tivos, licencias o permisos. Otro de los beneficios es que podrán acceder a créditos a través de cooperativ­as y cajas rurales con fondos del Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda (Banhprovi), que tendrá disponible­s 2,000 millones de lempiras. Mientras que Crédito Solidario tiene 135 millones disponible­s a una tasa de interés de 1% mensual.

“Con CertifiCad­o usuario estará listo para haCer todos sus proCesos” MARIO KAFATI Subsecreta­rio de la Mipyme

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SANCIóN. El presidente Juan Orlando Hernández reunido con sector mipyme y funcionari­os.
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