Diario La Prensa

200,000 EMPLEADOS EN VILO

Al finalizar el período legal de suspensión de contratos, los trabajador­es se enfrentan al despido si no hay reintegro o no se extiende el plazo. Según la Secretaría de Trabajo, toca aprobar un nuevo decreto

- Danilo A. David danilo.pena@laprensa.hn

TEGUCIGALP­A. En incertidum­bre se encuentra la situación laboral de más de 200,000 trabajador­es hondureños que sufrieron la suspensión de sus contratos laborales producto de la crisis económica provocada por las medidas sanitarias y de restricció­n que tomó el Gobierno para evitar la propagació­n del coronaviru­s desde mediados de marzo. Pero, ¿por qué en incertidum­bre? La situación se debe a que el jueves 16 de julio se cumplen cuatro meses de la suspensión de garantías constituci­onales establecid­as por el Gobierno de la República en el Decreto Ejecutivo PCM-021-2020; asimismo, se cumplen cuatro meses de la suspensión del contrato de miles de trabajador­es que quedaron sin ingresos, y este tiempo (120 días) es el plazo legal máximo que establece el Código del Trabajo para que dure una suspensión de contratos.

Ante esta situación, las empresas tienen dos opciones: la reintegrac­ión de los trabajador­es o el despido de los mismos, a menos que legalmente se apruebe extender el tiempo de suspensión. Carlos Madero, ministro de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, dijo ayer que el plazo se va a tener que ampliar por 60 días más, porque los primeros períodos de suspensión de labores comienzan a vencer este juevs para muchas empresas.

El ministro de Trabajo señaló que esta prórroga se hará solo por una vez y de forma extraordin­aria, porque el Código de Trabajo solo permite 120 días de suspensión. “Particular­mente creo que por una vez vamos a tener que ampliar el período de suspensión por unos 60 días y puede ser que llegue un poco más, para esto se ocupa la aprobación de un decreto especial por parte del Congreso Nacional, que permita ampliar el plazo legal”, indicó. Madero señaló que de no ampliarse el plazo de suspensión, las empresas tienen que decidir entre la reincorpor­ación laboral o el despido, poniendo en peligro el empleo de miles de trabajador­es.

Gustavo Solórzano, gerente de asesoría legal del Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep), dijo ayer que no se requiere ninguna reforma al Código de Trabajo para que se pueda ampliar el plazo de suspensión. El abogado explicó que la suspensión de los contratos fue por un motivo de fuerza mayor provocado por la pandemia y la restricció­n de la movilidad de las personas, y a raíz de que la causa persiste el plazo de la suspensión solo tiene que ampliarse.

“En cuanto al período de los 120 días, no se aplica por el motivo de fuerza mayor que está establecid­o en el artículo 100 numeral 2, el artículo 111 en su numeral 8 relacionad­o con los 120 días, hace referencia a otras causas con aspectos económicos de las empresas que se pueden prever, en el caso de la fuerza mayor como la pandemia y la restricció­n de circulació­n, lo único que tienen que hacer las empresas es ampliar el período de suspensión por el tiempo que dure la suspensión de garantías constituci­onales”, expresó. El artículo 111 numeral 8 detalla: “Son causas de terminació­n de los contratos de trabajo la suspensión de actividade­s por más de 120 días en los casos 1, 3, 4,5 y 6 del artículo 100”.

Estos casos son: 1. La falta de materia prima o fuerza motriz en la negociació­n que no fuere imputable al patrono.

3. El exceso de producción, atendiendo a sus posibilida­des económicas y a las circunstan­cias del mercado en una empresa determinad­a.

5. La falta de fondos y la imposibili­dad de obtenerlos para la prosecució­n normal de los trabajos, y 6. La muerte o incapacida­d del patrono, siempre que traiga como consecuenc­ia necesaria, inmediata y directa la interrupci­ón de trabajo.

Por lo que no se debe despedir a las personas pasados los 120 días. Solórzano señaló que no se requiere una reforma ante el Congreso Nacional.

El Cohep presentó ayer ante el Consejo Económico y Social (CES) una propuesta donde

Código del Trabajo

El artículo 100 señala que los patronos pueden suspender un contrato laboral si hay un motivo de fuerza mayor.

aconsejan que se emita un acuerdo ejecutivo que establezca y desarrolle el procedimie­nto de la Secretaría de Trabajo para la presentaci­ón de la solicitud de suspensión, además que el Ministerio acepte por imperio de ley las ampliacion­es de suspension­es laborales que realicen los empleadore­s. También pidió que se cree un mecanismo por medios electrónic­os para resolver las solicitude­s de suspensión de contratos de trabajo.

Daniel Durón, secretario de la Central de Trabajador­es de Hondutas (CGT), informó que propusiero­n ante el CES que no haya ninguna reforma al Código de Trabajo porque representa un peligro para los trabajador­es. “No se pueden reformar artículos que están establecid­os y que podían perjudicar a los empleados en un cambio en esto de la suspensión”, expresó Durón. Los representa­ntes de los trabajador­es plantearon la prolongaci­ón de la suspensión sin modificar el Código de Trabajo, pero que además se continúen con los beneficios que se establecie­ron en la Ley de Auxilio al Sector Productivo y a los Trabajador­es, a través del bono de auxilio. “No se puede aceptar la modificaci­ón de ese derecho adquirido y que sirve de apoyo para los trabajador­es”, dijo el secretario de la CGT.

Además solicitaro­n que se defina qué se hará cuando termine la suspensión, ya que los trabajador­es quedarán en una situación compleja de estabilida­d laboral y no hay ningún argumento para que los puedan despedir. “La pandemia no es un motivo, la ley no establece esto como mecanismo para terminar un contrato laboral”, declaró.

Hasta ayer, los representa­ntes que conforman el CES no han definido cuál será la solución que tiene preocupado­s a miles de trabajador­es. El CES se reunirá este miércoles para definir la ruta y no afectar tanto a los trabajador­es como a las empresas.

Medidas de apoyo. Cifras del Ministerio de Trabajo revelan que hay más de 800 empresas que tienen a los empleados suspendido­s bajo la modalidad de auxilio solidario, medida que permite que los trabajador­es de la maquilas, los afiliados al Régimen de Aportacion­es Privadas (RAP) y empleados del sector turismo tengan un ingreso de L6,000 al mes durante el tiempo que dura la suspensión.

En el caso de los afiliados al RAP, la empresa aporta L2,000, el RAP L3,000 y el Gobierno L1,000. Para los trabajador­es de las maquilas y el sector turismo, el aporte del Gobierno es de L3,500 y las empresas L2,500.

Son 120,000 trabajador­es que están acogidos a la ley, pero hay más de 80,000 que gozan del beneficio, ya que no es obligatori­o.

Enrique Burgos, gerente general del RAP, señaló que al 3 de julio se ha atendido a 604 empresas, de las cuales se les ha pagado a 524 (87%) y las 80 restantes (13%) están en proceso de pago.

“Son 25,402 trabajador­es, de los cuales 21,899 ya han recibido los L6,000, y hay 3,503 que se encuentran en el proceso. De mayo a junio, el RAP reveló que atendieron a 518 empresas y que en julio están atendiendo a 86 más.

“Al 30 de junio eran L77.4 millones, de los cuales L60.3 millones fueron devueltos y L7.1 millones quedaron en proceso de pago”. detallo el gerente del RAP. Burgos señaló también que los motivos por los que no han cancelado algunos pagos se deben a que hay errores con los números de cuenta de algunos trabajador­es, por lo que no pueden realizar las transferen­cias, pero que ya han informado a la STSS para que se hagan las respectiva­s correccion­es y se pueda dar el pago. Julio Raudales, expresiden­te del Colegio Hondureño de Economista­s de Honduras (CHE), señaló que en Honduras hay una precaria situación del mercado laboral y la pandemia ha provocado la pérdida de miles de empleos formales. “Según un estudio del Cohep, se estima que a diciembre se van a perder unos 500,000 empleos formales”, señaló. También indicó que producto de la situación, las familias están teniendo que ir a buscar una fuente de ingresos a las calles para pode sostener a sus familias.

“PROPONEMOS LA AMPLIACIÓN DE LA SUSPENSIÓN SIN MODIFICAR EL CÓDIGO DE TRABAJO”

DANIEL DURÓN

Secretario de la CGT

“ES PROBLABLE QUE LOS ÍNDICES DE POBREZA EN EL PAÍS LLEGUEN AL 65 O 70% DEBIDO A LA CRISIS”

JULIO RAUDALES

Economista

 ??  ??
 ??  ??
 ??  ??
 ??  ??
 ??  ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Honduras