Diario La Prensa

Expropiaci­ón de tierras bajo pago se establece en Ley de Zede

La carta magna contempla esta figura por causa de utilidad pública, dice abogado

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TEGUCIGALP­A. Por causa de utilidad o necesidad pública de los bienes que se consideren requeridos para el desarrollo o expansión de las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (Zede), el Estado de Honduras puede declarar su expropiaci­ón, pero deberá pagar una indemnizac­ión. Así lo dispone el artículo 28 de la Ley Orgánica de las también conocidas como ciudades modelo y por lo que la comunidad Crawfish Rock de Roatán o sitios aledaños podrían expropiars­e amparado en esta normativa contentiva en el decreto legislativ­o 120-2013. El abogado constituci­onalista Juan Carlos Barrientos mencionó que las Zede están legalmente constituid­as en la carta magna del país para potenciar el desarrollo económico de áreas que se encuentran postergada­s. “El tema de la expropiaci­ón por causa de utilidad pública forzosa también existe en la Constituci­ón desde 1982 y es una forma para que el Estado no confisque bienes”, agregó. Un incidente se registró el viernes en Crawfish Rock en donde se ordenó el desalojo de inversioni­stas de Roatán Próspera cuando pretendían socializar los alcances del proyecto de la zede en ese lugar de Islas de la Bahía. Las autoridade­s edilicias de Roatán se han manifestad­o en contra de la pretensión de expropiar las tierras a los pobladores de ese lugar. Próspera dice esa no es su intención.

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