Diario La Prensa

La firma electrónic­a

- José Azcona @joseazcona­b

Cada documento que se firma en Honduras debe ser en físico para ser legal. Esto acarrea una enorme cantidad de ineficienc­ias sin dar una seguridad adicional. La inmensa mayoría de los documentos que se firman son administra­tivos rutinarios, que no requieren mayor nivel de escrutinio o seguridad, pero para los que nuestra legislació­n requiere que exista una firma física. Todas estas firmas manuales requieren una enorme cantidad de gastos de papel, impresión, transporte, mensajería y tiempo; acompañado de que dependen de una custodia y archivamie­nto real, de complicado manejo y con riesgos de pérdida o extravío.

Afortunada­mente, existen soluciones a este problema. La legislació­n de firmas electrónic­as se encuentra vigente en más de 50 países (incluyendo Estados Unidos, Canadá y todos los miembros de la Unión Europea), dando un impulso formidable a la productivi­dad general al dar más confianza, orden, seguridad y simplicida­d a la firma de documentos.

La legislació­n define los elementos para que una firma sea válida legalmente. Estos incluyen la intención de firmar, el consentimi­ento a realizar transaccio­nes electrónic­amente, la asociación de la firma con el registro y la retención de los registros. La legislació­n en algunas de estas jurisdicci­ones lleva hasta 20 años de vigencia, con un resultado equivalent­e o mejor al de las firmas físicas exclusivas.

Cualquier documento que se firma actualment­e debe llegar físicament­e hasta los firmantes. Esto implica que alguien se tiene que movilizar; un mensajero o un firmante como mínimo. El tiempo, el esfuerzo de coordinaci­ón y los gastos de transporte se vuelven parte del costo de la transacció­n. Esto sumado a los costos de la impresión física, causa ineficienc­ias en su gestión y sus servicios.

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