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Tipifican crímenes de odio hasta con 50 años de cárcel
El Congreso de Tlaxcala aprobó ayer por mayoría de votos modiʶcar el Código Penal para penalizar los crímenes de odio contra la comunidad /G%TTTIQ , por lo Tue las penas pueden alcanzar entre 12 y 50 años de prisión
/a diputada Mayra 9ázTuez 9elázTuez, Tuien impulsó la reforma, aseguró Tue la tipificación de los crímenes de odio estuvo bloTueada por más de medio año por razones desconocidas Sin embargo, celebró Tue la mayoría de sus compañeros la aprobaran para seguir impulsando el reconocimiento y el respeto a la diversidad sexual en la entidad
Destacó Tue en la entidad se dio un paso importante para lograr un trato igualitario a la población /G%TTTIQ y Tue además la legislación busca proteger a otros sectores de la población
/a legisladora informó Tue la ley establece Tue existe odio cuando: ŦEl sujeto activo lo comete por prejuicio, por uno o más de los siguientes motivos: el origen étnico o nacional, el color de la piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o ʶliación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma o los antecedentes penales de la víctima”
Dentro y fuera del Congreso estatal, hubo manifestaciones de apoyo a la nueva ley e incluso mostraron pancartas y banderas multicolor
GARANTIZAN ACCESIBILIDAD
Durante la sesión de ayer, el Pleno de la /;III /egislatura también aprobó una reforma al Código Civil local para hacer efectivo el derecho de accesibilidad a los actos del estado civil de las personas Tue se encuentren dentro del territorio tlaxcalteca
El artículo 15 refiere Tue: Ŧ/as leyes del estado de Tlaxcala beneʶcian e imponen derechos y deberes a todas las personas Tue se hallen en cualTuier parte del territorio de éste, sean tlaxcaltecas o no, tengan su domicilio o su residencia en él o sean transeúntes, nacionales o extranjeros, pero respecto de los extranjeros se observará además lo dispuesto por las leyes federales”