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Detallitos de la Procuradur­ía Fiscal

- Las opiniones expresadas por los FROXPQLVWD­V VRQ LQGHSHQGLH­QWHV \ QR UHçHMDQ necesariam­ente el punto de vista de

que participar­on en el Foro &onsultiYo &ientíʶco y 7ecnolóJic­o constituid­o en su momento al amparo de la ley; reclamó Operacione­s con 5ecursos de Procedenci­a ,lícita O5P, por 244 millones de pesos y apoyó la estrateJia para darle a estos inYestiJad­ores hasta 40 años de cárcel en Almoloya.

Pero de acuerdo con el artículo 400 bis del &ódiJo Penal Federal para que se pueda proceder penalmente por O5P, el MP necesita la denuncia del secretario de +acienda o del titular de la 8,F. Ante las ausencias del Secretario de +acienda de conformida­d con lo que establece el artículo 105 del reJlamento «ste podrá ser suplido en el siJuiente orden los Subsecreta­rios de +acienda y &r«dito P¼blico de ,nJresos de (Jresos y por el Oʶcial Mayor.

(l dominJo 15 de aJosto cuando salió la demanda ya había sido ratificado el secretario de Hacienda.

#LOBOSAPIEN­S

“&omo es el sapo es la pedrada” parece ser el principio con el que se construyen las querellas en la Procuradur­ía Fiscal de la Federación; con arJumentos endebles y baMas penas para el caso de los Jrandes defraudado­res y con condenas y elementos e[aJerados en el caso de los hombres de ciencia.

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