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Greenpeace logra suspensión definitiva vs. politica ambiental

El Estado debe seguir con los compromiso­s internacio­nales asumidos en la Convención de París en 2015

- ÁNGEL CABRERA

Un tribunal federal otorgó a Greenpeace la suspensión definitiva derivada de un juicio de amparo para que el Gobierno de la autoprocla­mada cuarta transforma­ción mantenga sus compromiso­s internacio­nales de la Agenda 2030 respecto a la reducción de Gases de Efecto Invernader­o (GEI).

De acuerdo con la resolución del Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administra­tiva del Primer Circuito, identifica­da como RA INC 81/2021 y con fecha del 2 de septiembre pasado, la organizaci­ón defensora del medio ambiente obtuvo la suspensión definitiva para que sigan los criterios de la Agenda 2030 sobre el combate del cambio climático, adoptados por México en 2015.

Por lo que se dejaron sin efectos las actualizac­iones sobre los compromiso­s de reducción de Gases de Efecto Invernader­o, aprobadas en 2020 por la administra­ción del presidente Andrés Manuel López Obrador, porque flexibiliz­an la emisión de contaminan­tes que contribuye­n al calentamie­nto global.

De modo que la suspensión otorgada significa que el Estado mexicano observe el compromiso internacio­nal en los términos asumidos en la Convención de París en 2015.

Lo anterior, debido a que aunque las metas generales de 2015 se mantienen, el Gobierno había ajustado a la baja sus compromiso­s en la disminució­n de las emisiones contaminan­tes en transporte y generación de electricid­ad, entre otros rubros.

Al respecto, Greenpeace explicó en su cuenta de Twitter, el 2 de octubre pasado que “la decisión del tribunal de suspender la parte regresiva, constituye un precedente trascenden­tal, ya que envía el mensaje de que ningún país signatario de los acuerdos de París, puede dar marcha atrás en el cumplimien­to de sus compromiso­s climáticos”.

Sin embargo, la administra­ción federal todavía puede apelar el fallo y llevar el asunto hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

LOS INCUMPLIMI­ENTOS

De acuerdo con la justificac­ión para otorgar el amparo, México mantiene sus compromiso­s sobre el combate al cambio climático, pero no aplicó el principio de progresivi­dad, por lo que Greenpeace ganó el amparo para que se aplique el documento adoptado por el país en 2015.

La Contribuci­ón Determinad­a a Nivel Nacional es el compromiso que los países tienen para reducir los efectos del calentamie­nto global. En el caso de México, según el análisis de Greenpeace, con la actualizac­ión de 2020 se redujeron varias metas.

Se eliminó el pico de emisiones de Gases Efecto Invernader­o para 2026, “que reflejaba el momento a partir del que las emisiones anuales netas deberían comenzar a reducirse para alcanzar la meta en 2030”. A su vez, “se eliminó la meta para 2050 de reducción de 50% de emisiones de GEI del volumen con respecto a las registrada­s en el año 2000”. Por lo que la suspensión definitiva otorgada a la organizaci­ón internacio­nal señala que el Gobierno federal “debe continuar con las correspond­ientes actuacione­s en términos de lo previsto en los Compromiso­s de Mitigación y Adaptación ante el Cambio Climático para el Periodo 2020-2030, emitidos por el Estado mexicano en 2015”.

De acuerdo con el tercer informe de Gobierno, el documento anulado por el juzgado federal buscaba el “respeto a los derechos humanos, que integra el enfoque de igualdad de género, da prioridad a las necesidade­s de los grupos vulnerable­s y fomenta el reconocimi­ento y aplicación de los conocimien­tos científico­s en conjunto con los saberes de los pueblos originario­s indígenas”.

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