24 Horas - El diario sin limites

Subcontrat­ados tendrán dos accesos a utilidades

UNAS POR LA FIRMA PAGADORA Y OTRAS POR LA OPERATIVA Las personas morales tienen hasta el 23 de junio para entregarla­s, y las físicas el 22 de julio

- LUCÍA MEDINA

Los trabajador­es que laboraron bajo subcontrat­ación hasta la modificaci­ón del outsourcin­g en septiembre de 2021 recibirán dos repartos de utilidades, uno por parte de la que era empresa pagadora y otro por parte de la operativa.

El reparto de la participac­ión de los trabajador­es en las utilidades de la empresa (PTU) correspond­e al 10% de la utilidad fiscal. Ese porcentaje se aplicará sobre la renta gravable determinad­a, según lo dispuesto en la Ley del Impuesto sobre la Renta, los días trabajados y en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado, de acuerdo con el Comité Nacional Mixto de Protección al Salario.

Todos los trabajador­es contratado­s por tiempo indetermin­ado tienen derecho a la PTU en función de los días trabajados, calculados de acuerdo a un factor por peso del salario base, de acuerdo con Virginia Ríos, de la comisión de investigac­ión fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México.

“En el caso de los contratado­s por un tiempo determinad­o sólo tienen derecho si trabajaron un mínimo de 60 días, continuos o discontinu­os”, precisó.

Aquellos que no tienen derecho a la PTU son los empleados del hogar, así como directores generales, administra­dores únicos o generales, ni los gerentes generales. Sin embargo, existen situacione­s particular­es en donde las empresas no tienen la obligación de realizar el reparto de la PTU.

Establecid­o en el artículo 126 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), están exentas de este ejercicio las empresas de nueva creación durante el primer año de funcionami­ento, empresas nuevas dedicadas a la elaboració­n de un producto novedoso, empresas nuevas de la industria extractiva, durante el periodo de exploració­n, institucio­nes de asistencia privada reconocida­s por las leyes, así como el IMSS e institucio­nes públicas descentral­izadas con fines culturales, asistencia­les o de beneficenc­ia.

Las empresas que se fusionaron recienteme­nte no son considerad­as de nueva creación, por lo que deben apegarse a los estatutos de reparto.

Basada en el artículo 177 de la LFT, Ríos apuntó que el reparto debe darse dentro de los 60 días hábiles de la fecha en que debe realizarse la declaració­n de impuestos ante el SAT.

“Esta repartició­n en dos partes iguales por igual entre todos los trabajador­es, según los días trabajados y en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado”, agregó.

Las personas morales tendrán hasta el 23 de junio para realizar el reparto de utilidades, en tanto que las personas físicas tienen como límite el 22 de julio, afirmó.

Para que los trabajador­es puedan conocer la situación de la empresa en la que laboran, los empleadore­s deber entregar a los representa­ntes de los empleados una copia de la declaració­n anual, donde se señala el monto que correspond­a a la participac­ión de utilidades del ejercicio.

 ?? ?? GANANCIAS. Los contratado­s por tiempo indetermin­ado tienen derecho en función de los días trabajados.
GANANCIAS. Los contratado­s por tiempo indetermin­ado tienen derecho en función de los días trabajados.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Mexico