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Amparos contra Tren Maya, vigentes pese a MIA: experta
BALÓN ESTÁ EN CANCHA DEL PODER JUDICIAL, AFIRMA La presentación de la Manifestación de Impacto Ambiental del Tramo 5 Sur debe ser evaluada por la Semarnat
La presentación de la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) del Tramo 5 Sur del Tren Maya a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) no podrá revertir los amparos ganados que actualmente tienen detenida la obra en Quintana Roo, consideró Mariana Tejado Gallegos, doctora en derecho ambiental.
La también socia en el despacho Green Business Partners, especializado en temas ambientales y de energía, explicó que en este caso tendría que haber una resolución del Poder Judicial.
“Se están viendo dos temas: uno es la aplicación del principio preventivo; es decir, en estos proyectos que se conocen los impactos ambientales, el principio preventivo te obliga, previo a realizar la actividad, a que se evalúe, y eso, por supuesto, no se cumplió.
“Pero además no sólo es el ingreso de la Manifestación lo que acredita la evaluación (de impacto ambiental), sino tiene que ver el resolutivo como tal para acreditar si la autoridad está conforme o no está conforme”, indicó.
Tejado Gallegos pronóstico que una vez presentado este requisito para el proyecto ferroviario, lo que sigue será un “ataque” y un análisis de las organizaciones ambientales para revisar la MIA desde una perspectiva técnica “y se presionará, pues para hacer ver lo mal que está la Manifestación”.
Indicó que según la normatividad ambiental, la Semarnat tiene 60 días para resolver y puede solicitar una ampliación de hasta 120 días para el caso de que considere que el proyecto es difícil de evaluar.
Detalló que también existe un plazo para que exista una consulta, que no es la consulta indígena de la que se habla en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, sino una consulta “en donde la gente puede solicitar conocer el proyecto, ver el expediente, hacer comentarios y la autoridad tendrá que determinar si esos comentarios se toman o no en el procedimiento. Por ley, la Semarnat tiene la facultad de solicitar opiniones a diferentes instituciones”.
Según la MIA elaborada por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) y el Inecol, con actividades como el trazo y nivelación, caminos de acceso y desmonte se tendrá una pérdida de cobertura vegetal de 485 mil 476 hectáreas, que es considerado como adverso crítico.
También se cataloga de esta forma el cierre parcial de vialidades, la superestructura y los inmuebles del sistema ferroviario que modificarán la recarga de acuíferos en la zona, al cambiar la permeabilidad del suelo.
La misma afectación tendrá la alteración del flujo local por reducción del área hidráulica y se modificará la evapotranspiración por remoción de la vegetación.
Además, según la MIA, como adverso irrelevante están la reducción de la disponibilidad de agua subterránea por las terracerías, obras de drenaje, pasos vehiculares, superestructura, electrificación y pasos de fauna.