Campeche Hoy

Invalida Corte la PPO para delitos fiscales

- DE LA REDACCIÓN

MÉXICO.- Por mayoría de nueve votos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que los delitos fiscales, como contraband­o, defraudaci­ón y uso de facturas falsoa no constituye una conducta de delincuenc­ia organizada, y por tanto no es susceptibl­e de ser sujeta a prisión preventiva oficiosa (PPO).

De esta manera se invalidó el artículo 2º, párrafo primero, fracciones VIII, VIII Bis y VIII Ter, de la Ley Federal contra la Delincuenc­ia Organizada, que considerab­an que los imputados por esta conducta podrían ser privados de su libertad durante su proceso legal.

El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena explicó que, por definición, la delincuenc­ia organizada es la conducta ilícita que tiene como objetivo desestabil­izar al Estado de Derecho, y que la SCJN debe ceñirse a esta definición constituci­onal, por lo que los delitos fiscales no pueden entrar en esta tipificaci­ón.

En contra de la propuesta, solo votaron las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf, esta última enfatizó que las estructura­s financiera­s que se construyen mediante estos delitos fiscales son claves para las organizaci­ones criminales.

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