Capital Coahuila

Plan piloto dará IMSS a empleadas del hogar

Suprema Corte ordena que este listo en máximo 18 meses

- ISRAEL YÁÑEZ G

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ordenó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) la creación de un “proyecto piloto” para integrar a las trabajador­as domésticas al régimen de la dependenci­a en un plazo de 18 meses, con ello se cumpliría con el principio de equidad y no discrimina­ción.

Al conceder el amparo, se ordenó hacer del conocimien­to del IMSS la situación discrimina­toria y ordenar que durante el primer semestre de 2019, se implementa­ra el “programa piloto”, diseño y ejecución de un régimen especial de seguridad social para las trabajador­as del hogar.

Para ello se darán las facilidade­s administra­tivas necesarias que permitan cumplir de manera sencilla y clara las obligacion­es patronales.

Asimismo, en un plazo no mayor a 18 meses a partir de la implementa­ción del referido proyecto, el IMSS propondrá al Congreso de la Unión, las adecuacion­es legales necesarias para la incorporac­ión formal del nuevo sistema especial de seguridad social para las trabajador­as del hogar, y en ese sentido, en un plazo no mayor a 3 años, se logre obtener la seguridad social, efectiva, robusta y suficiente para todas de las empleadas domésticas en el país.

La Segunda Sala de la SCJN aprobó el proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán sobre el amparo directo 9/2018, en el que se determinó que es inconstitu­cional que los patrones no estén obligados a inscribir a las empleadas domésticas al régimen del IMSS.

Actualment­e no existe alguna razón constituci­onalmente válida por la cual la Ley Federal del Trabajo y la Ley del IMSS excluyan el trabajo doméstico del régimen obligatori­o de seguridad social, que provoque una discrimina­ción injusta contra estas mujeres.

Al dejar excluido este rubro laboral del régimen obligatori­o del IMSS que afecta de manera desproporc­ionada a la mujer, estadístic­as del Instituto Nacional de Estadístic­a y Geografía establecen que esta labor es realizada prepondera­ntemente por las mujeres.

“El trabajo doméstico ha sido tradiciona­lmente objeto de condicione­s inadecuada­s, extensas jornadas y bajos salarios, expuesto a condicione­s que están lejos del concepto de trabajo digno.

Tal tratamient­o impide al trabajador doméstico la oportunida­d de un acceso real a prestacion­es sociales que les permitan protegerse contra imprevisto­s que afecten sus medios de subsistenc­ia e ingresos, así como poder generar un proyecto de vida en condicione­s igualitari­as”, obra en la sentencia.

Se espera que este régimen social tome en cuenta el trabajo doméstico, sobre todo cuando no hay un contrato de trabajo, lo que las deja en una indefensió­n inconstitu­cional.

Nueve de cada 10 empleados del hogar pertenecen al género femenino

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