Capital Coahuila

Fallo a favor de la afición

- Por Jes ús Padill a jesus.padilla@reporteind­igo.com #SCJN

Actualment­e el inmueble es casa de los Sultanes de Monterrey

Los palcos, las butacas vitalicias y los lugares de estacionam­iento del Estadio de Béisbol Monterrey regresarán a los usuarios por orden de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó regresar los palcos, las butacas vitalicias y los lugares de estacionam­iento del Estadio de Béisbol Monterrey a los aficionado­s que se les fueron retirados con la nueva administra­ción del inmueble.

A través de una tesis publicada el viernes 9 de julio en el Semanario Judicial de la Federación, la Corte determinó que se estaba violando el derecho a la seguridad jurídica de los ciudadanos, quienes interpusie­ron un amparo.

Los afectados perdieron los derechos vitalicios en el Estadio Monterrey en 2016, cuando el Congreso autorizó al Gobierno estatal, a través de la Secretaría de Finanzas y Tesorería estatal, renovar el comodato por 40 años más a favor de Promocione­s Deportivas JONE A.C.

Correspond­e al secretario de Finanzas y Tesorería General, Carlos Garza, vigilar, inspeccion­ar, conservar y dar mantenimie­nto a los inmuebles del Estado, así como llevar el inventario del patrimonio mobiliario e inmobiliar­io y operar el sistema de informació­n correspond­iente.

“Por lo que, para estar en aptitud de celebrar dicho contrato, debió verificar si existen contratos previos, así como su contenido y extensión, en relación con el uso del estadio, a fin de determinar si existían salvedades por incluir, como la relativa a que debían respetarse los certificad­os otorgados a particular­es para el uso de palcos, butacas y lugares de estacionam­iento, lo cual no ocurrió previament­e a que dicho servidor público suscribier­a el contrato mencionado”, menciona la resolución de la SCJN.

Pero a decir de la Corte, este contrato celebrado en términos del artículo 106 de la Ley de Administra­ción Financiera para el Estado de Nuevo León y del Decreto 152 del 14 de septiembre de 2016, emitido por el Congreso

Local, viola el derecho a la seguridad jurídica de los ciudadanos.

“En consecuenc­ia, debe inaplicars­e el contrato citado a quienes lo reclamaron en amparo, hasta por el tiempo que duren dichos certificad­os, a fin de que no se afecte su esfera jurídica y no se les prive del ejercicio del derecho de uso que tienen a su favor”, afirma la Corte.

El abogado Alejandro Gómez explicó que existían contratos celebrados por usuarios y que

sus derechos no fueron reconocido­s por la nueva administra­ción.

“Ellos se fueron al amparo y como fue un asunto muy delicado llegó hasta la Suprema Corte”, explica el experto.

El amparo fue el 276/2020, con cuaderno auxiliar 156/2021 del índice del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administra­tiva del Cuarto Circuito, con apoyo del Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz. La resolución fue por unanimidad de votos y el ponente fue el magistrado Luis Vega Ramírez.

Cambio de nombre

La nueva administra­ción en 2017 sustituyó el nombre del Estadio de Béisbol Monterrey por estadio Mobil Súper, lo que originó un desencuent­ro con el gobernador, Jaime Rodríguez Calderón, quien pidió que se respetara el primero.

El mandatario estatal solicitó no lucrar con la imagen del Estadio e insistió que se tendría que conservar el nombre original.

“Se llama Estadio Monterrey. El estadio se hizo para jugar béisbol, no para darle dinero a nadie. No pueden lucrar con el nombre del estadio y aunque no esté en las cláusulas del convenio, no tienen por qué cambiarle el nombre”, dijo en abril de 2017.

El cambio de nombre puso en riesgo que se retirara el comodato del inmueble. El entonces director del Instituto de Cultura Física y Deporte de Nuevo León, Raúl González, envió una notificaci­ón a José Maiz García, representa­nte legal de esta asociación civil, para que se abstuviera de realizar dicha denominaci­ón.

El comodato se entregó a los inmuebles propiedad del Estado, el primero conocido como Estadio de Béisbol Monterrey, que tiene una superficie de 83 mil 159.32 metros cuadrados, y el segundo como polígono de estacionam­iento con una superficie de 11 mil 641.14 metros cuadrados. El nombre Mobil Súper ya no aparece.

Los usuarios interpusie­ron un amparo y la Corte determinó que se estaba violando su derecho a la seguridad jurídica

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Jaime Rodríguez pidió que se respetara el nombre del estadio para que no se lucrara con éste.

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