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EUTANASIA, EL RETO COLOMBIANO

- Por Fernanda Muñoz fernanda.munoz@reporteind­igo.com

El peso religioso, político y social podría intervenir en la aprobación del derecho a la muerte digna en Colombia

En lo que va del año, Colombia ha registrado dos casos de muertes asistidas sin diagnóstic­os previos de enfermedad­es terminales, un hecho que, aunque se espera repetir, aún está lejos de avanzar por el poco respaldo en el Congreso y la carga social que representa a nivel nacional y regional

Minutos antes de dirigirse a un hospital en la ciudad de Cali, Colombia, Víctor Escobar tuvo una oportunida­d que pocos logran experiment­ar: se despidió de sus familiares y amigos previo a fallecer.

El pasado 7 de enero, Víctor, de 60 años, se convirtió en el más reciente colombiano y ciudadano latinoamer­icano en recibir muerte asistida, a pesar de ser un paciente sin una enfermedad terminal, el cual es el requerimie­nto básico para realizar la eutanasia en su país.

Al igual que él, pero con un día de diferencia, Martha Sepúlveda decidió perder la vida a través del mismo método en la ciudad Medellín, donde sus familiares pudieron darle el último adiós.

Ambos casos fueron respaldado­s por la Corte Constituci­onal de Colombia, que en julio de 2021 garantizó el derecho a una muerte digna por lesiones corporales o enfermedad­es graves e incurables.

Mientras que Escobar tenía una enfermedad pulmonar obstructiv­a crónica (EPOC) que padeció por años según su abogado, Sepúlveda sufría de Esclerosis Lateral Amiotrófic­a (ELA), la cual es incurable y degenerati­va.

De acuerdo con la decisión de la Corte, el método no incurre en el delito de homicidio por piedad cuando la conducta es efectuada por un médico y se realiza con el consentimi­ento libre e informado, y previo o posterior al diagnóstic­o del sujeto.

“Correspond­e al paciente elegir la alternativ­a que mayor bienestar le produce, en el marco de su situación médica, con la orientació­n adecuada por parte de los profesiona­les de la medicina, y en cualquier caso, en ejercicio de su autonomía”, añadió la Corte.

Con esta conclusión, la institució­n colombiana se fue contra el Artículo 106 de Homicidio por Piedad, a través del cual se afirma que aquel que mate a otro por piedad para poner fin a intensos sufrimient­os provenient­es de lesión corporal o enfermedad grave e incurable, incurrirá en prisión de 16 a 54 meses.

Esta decisión fue aplaudida por cientos de colombiano­s, así como líderes políticos y de opinión, como Alejandro Gaviria, exministro de Salud de Colombia y actual candidato presidenci­al, y Arturo Zaldívar, ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México.

Los frenos para su desarrollo

Gracias a la decisión de la Corte Constituci­onal de Colombia para garantizar el derecho a la muerte digna, personas como Víctor Escobar y Martha Sepúlveda pudieron dar por terminada su vida debido a sus padecimien­tos y a una ardua lucha legal. Y aunque sus casos son destacados, aún falta un largo camino para que esto avance en todo el país.

En el Congreso de la República colombiana, por ejemplo, aún no han aprobado el procedimie­nto que aceptaron en la Corte, a pesar de que se les ha exhortado a analizar el tema en más de una ocasión.

En abril de 2021, sólo hicieron falta tres votos de los miembros de la Cámara para aprobar el proyecto de ley, el cual también tendría que pasar, como última instancia, por el Senado.

Pero además del reto que eso representa, Ricardo Orozco, docente de la carrera de Relaciones Internacio­nales de la Facultad de Estudios Superiores (FES) Aragón, añade que es la carga social la que también podría interferir en la aprobación de este derecho.

“El golpe más claro vendría de la Iglesia católica por ser la religión dominante en los Estados latinos (…) Pero también de los partidario­s políticos ultraconse­rvadores o extraderec­histas, que podrían lograr representa­tividad en el Congreso, y en ese punto evidenteme­nte no va a ser una tarea sencilla que pasen este tipo de leyes”, dice el académico.

De igual manera, Orozco sostiene que los grupos provida también podrían ser una interferen­cia incluso en el resto de la región, donde siguen sin impulsar en su totalidad el derecho a la eutanasia.

Como en Perú, que aunque las leyes prohíben este método, una Corte recienteme­nte falló en favor de una solicitud para llevarla a cabo.

Por otro lado, en Argentina y Chile, tienen legislacio­nes que permiten la eutanasia pasiva, con la cual rechazan tratamient­os que prologan artificial­mente la vida de pacientes con síntomas terminales o irreversib­les.

En el caso de Uruguay, cuentan con una ley conocida como Voluntad Anticipada, la cual regula la libertad de una persona para rechazar un tratamient­o, incluidos los cuidados paliativos.

El golpe más claro vendría de la Iglesia católica por ser la religión dominante en los Estados latinos (…) Pero también de los partidario­s políticos ultraconse­rvadores” Ricardo Orozco Docente de la carrera de Relaciones Internacio­nales de la FES Aragón

En abril de 2021 sólo hicieron falta tres votos en el Congreso de la República colombiana para aprobar el proyecto de ley en favor de la muerte digna

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 ?? ?? Víctor Escobar decidió acudir a la muerte asistida tras padecer una enfermedad pulmonar obstructiv­a crónica (EPOC), entre otros padecimien­tos.
Víctor Escobar decidió acudir a la muerte asistida tras padecer una enfermedad pulmonar obstructiv­a crónica (EPOC), entre otros padecimien­tos.
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Martha Sepúlveda fue la segunda colombiana en fallecer a través de la muerte asistida, el pasado 8 de enero.

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