Milenio - Cinco Dias

Madrid y Barcelona, dos modelos distintos para impedir la entrada de los coches más contaminan­tes

Las dos ciudades son las únicas con zonas de bajas emisiones en funcionami­ento Sus restriccio­nes y plazos son muy diferentes entre sí

- MANU GRANDA

Ante el problema de la contaminac­ión del aire en las ciudades, el Congreso español en mayo de 2021 estableció, entre otras medidas, la obligatori­edad de que los municipios con más de 50.000 habitantes cuenten con zonas de bajas emisiones (ZBE) “antes de 2023”. Sin embargo, y a pesar de que queda muy poco para esa fecha, solo dos ciudades cuentan con zonas de bajas emisiones que estén funcionand­o actualment­e.

Son el caso de las dos mayores urbes de España, Madrid y Barcelona, que antes de la promulgaci­ón de la norma ya empezaron a poner en marcha medidas para limitar el acceso de los vehículos más contaminan­tes a determinad­as áreas de la ciudad. La capital primero tuvo Madrid Central, norma aprobada por el gobierno de Manuela Carmena y que hoy ha sido sustituida por Madrid 360, promulgada por la Administra­ción de José Luis Martínez-almeida.

Por su parte, Barcelona, que tiene desde 2020 una de las zonas de bajas emisiones más ambiciosa de Europa por su extensión (casi 100 kilómetros cuadrados), recibió en marzo un duro revés judicial del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que anuló esta zona por considerar­la “excesiva”. Sin embargo, la zona de bajas emisiones de Barcelona seguirá en funcionami­ento hasta que la sentencia sea firme. Para la puesta en marcha de estas normas, Barcelona y Madrid han seguido caminos muy diferentes.

Madrid

La ordenanza de movilidad sostenible aprobada por el ayuntamien­to de la capital establece que, desde el pasado 1 de enero, los turismos que no estén empadronad­os en Madrid y que no cuenten con una etiqueta de la DGT (es decir, aquellos coches de gasolina matriculad­os antes de 2001 y los de diésel matriculad­os antes de 2006), no podrán circular por las zonas de la ciudad que quedan dentro del anillo de la M-30 (una carretera que rodea a la parte central de la ciudad). Estos distritos son Centro, Arganzuela, Retiro, Salamanca, Chamartín, Tetuán, Chamberí y parcialmen­te Moncloa-aravaca. La propia M-30 queda exenta de esta restricció­n. A día de hoy rige un periodo informativ­o en el que el consistori­o no ha empezado a poner multas, algo que empezará a hacer a partir de mayo.

El año que viene, la medida se endurecerá al incluir en estas restriccio­nes también a la propia M-30. En 2024, los turismos sin etiqueta medioambie­ntal y que no estén empadronad­os en la ciudad no podrán circular por el municipio de Madrid, a no ser que sean coches utilizados para el transporte de personas con movilidad reducida o sean considerad­os históricos. Los vehículos que no son turismos, es decir, motos, furgonetas, camiones y autocares, quedan libres de las restriccio­nes hasta 2025, momento a partir del cual no podrá acceder a Madrid ningún vehículo sin etiqueta, salvo las excepcione­s dichas anteriorme­nte. Además, están las zonas de bajas emisiones de especial protección de Centro y de plaza Elíptica. La primera de ellas impide el acceso a coches sin etiqueta y los vehículos con etiqueta B o C solo podrán hacerlo para aparcar en un garaje privado o en un estacionam­iento de uso público. Los coches con etiqueta eco pueden circular y estacionar en zona SER un máximo de dos horas; mientras que los vehículos de etiqueta cero no tienen restriccio­nes. Esta normativa no se aplica a los vecinos que vivan en el centro y a los empresario­s que tengan un local en la zona.

Por su parte, en plaza Elíptica no podrán circular los coches sin etiqueta medioambie­ntal de la DGT, salvo aquellos vecinos de los barrios de Abrantes, Opañel y Comillas del distrito de Carabanche­l y en los barrios de

Moscardó y Zofío de Usera. También puedan pasar los vehículos de los empresario­s con un local en la zona y los vehículos usados para el transporte de personas con movilidad reducida. Las excepcione­s duran hasta 2025.

Barcelona

La Zona de Bajas Emisiones de la Ciudad Condal incluye a Barcelona, L’hospitalet de Llobregat, Sant Adrià de Besòs y parte de Esplugues de Llobregat y Cornellà de Llobregat. Por ella no pueden circular los turismos, motos, ciclomotor­es y vehículos comerciale­s que no cuenten con etiqueta medioambie­ntal entre las 7.00 y las 20.00 de lunes a viernes. Salvo que los conductore­s pidan un permiso previo, limitado a 10 solicitude­s por vehículo al año y con un coste que oscila entre 0 y 2 euros en función de la renta del solicitant­e.

Para los camiones sin etiqueta, el Ayuntamien­to de Barcelona acordó una moratoria para que sigan circulando hasta el 30 de junio de 2022; mientras que los autocares podrán seguir haciéndolo durante todo el año. Las excepcione­s para entrar en la zona de bajas emisiones son coches de transporte de personas con movilidad reducida y los vehículos de emergencia.

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