Madrid y Barcelona, dos modelos distintos para impedir la entrada de los coches más contaminantes
Las dos ciudades son las únicas con zonas de bajas emisiones en funcionamiento Sus restricciones y plazos son muy diferentes entre sí
Ante el problema de la contaminación del aire en las ciudades, el Congreso español en mayo de 2021 estableció, entre otras medidas, la obligatoriedad de que los municipios con más de 50.000 habitantes cuenten con zonas de bajas emisiones (ZBE) “antes de 2023”. Sin embargo, y a pesar de que queda muy poco para esa fecha, solo dos ciudades cuentan con zonas de bajas emisiones que estén funcionando actualmente.
Son el caso de las dos mayores urbes de España, Madrid y Barcelona, que antes de la promulgación de la norma ya empezaron a poner en marcha medidas para limitar el acceso de los vehículos más contaminantes a determinadas áreas de la ciudad. La capital primero tuvo Madrid Central, norma aprobada por el gobierno de Manuela Carmena y que hoy ha sido sustituida por Madrid 360, promulgada por la Administración de José Luis Martínez-almeida.
Por su parte, Barcelona, que tiene desde 2020 una de las zonas de bajas emisiones más ambiciosa de Europa por su extensión (casi 100 kilómetros cuadrados), recibió en marzo un duro revés judicial del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que anuló esta zona por considerarla “excesiva”. Sin embargo, la zona de bajas emisiones de Barcelona seguirá en funcionamiento hasta que la sentencia sea firme. Para la puesta en marcha de estas normas, Barcelona y Madrid han seguido caminos muy diferentes.
Madrid
La ordenanza de movilidad sostenible aprobada por el ayuntamiento de la capital establece que, desde el pasado 1 de enero, los turismos que no estén empadronados en Madrid y que no cuenten con una etiqueta de la DGT (es decir, aquellos coches de gasolina matriculados antes de 2001 y los de diésel matriculados antes de 2006), no podrán circular por las zonas de la ciudad que quedan dentro del anillo de la M-30 (una carretera que rodea a la parte central de la ciudad). Estos distritos son Centro, Arganzuela, Retiro, Salamanca, Chamartín, Tetuán, Chamberí y parcialmente Moncloa-aravaca. La propia M-30 queda exenta de esta restricción. A día de hoy rige un periodo informativo en el que el consistorio no ha empezado a poner multas, algo que empezará a hacer a partir de mayo.
El año que viene, la medida se endurecerá al incluir en estas restricciones también a la propia M-30. En 2024, los turismos sin etiqueta medioambiental y que no estén empadronados en la ciudad no podrán circular por el municipio de Madrid, a no ser que sean coches utilizados para el transporte de personas con movilidad reducida o sean considerados históricos. Los vehículos que no son turismos, es decir, motos, furgonetas, camiones y autocares, quedan libres de las restricciones hasta 2025, momento a partir del cual no podrá acceder a Madrid ningún vehículo sin etiqueta, salvo las excepciones dichas anteriormente. Además, están las zonas de bajas emisiones de especial protección de Centro y de plaza Elíptica. La primera de ellas impide el acceso a coches sin etiqueta y los vehículos con etiqueta B o C solo podrán hacerlo para aparcar en un garaje privado o en un estacionamiento de uso público. Los coches con etiqueta eco pueden circular y estacionar en zona SER un máximo de dos horas; mientras que los vehículos de etiqueta cero no tienen restricciones. Esta normativa no se aplica a los vecinos que vivan en el centro y a los empresarios que tengan un local en la zona.
Por su parte, en plaza Elíptica no podrán circular los coches sin etiqueta medioambiental de la DGT, salvo aquellos vecinos de los barrios de Abrantes, Opañel y Comillas del distrito de Carabanchel y en los barrios de
Moscardó y Zofío de Usera. También puedan pasar los vehículos de los empresarios con un local en la zona y los vehículos usados para el transporte de personas con movilidad reducida. Las excepciones duran hasta 2025.
Barcelona
La Zona de Bajas Emisiones de la Ciudad Condal incluye a Barcelona, L’hospitalet de Llobregat, Sant Adrià de Besòs y parte de Esplugues de Llobregat y Cornellà de Llobregat. Por ella no pueden circular los turismos, motos, ciclomotores y vehículos comerciales que no cuenten con etiqueta medioambiental entre las 7.00 y las 20.00 de lunes a viernes. Salvo que los conductores pidan un permiso previo, limitado a 10 solicitudes por vehículo al año y con un coste que oscila entre 0 y 2 euros en función de la renta del solicitante.
Para los camiones sin etiqueta, el Ayuntamiento de Barcelona acordó una moratoria para que sigan circulando hasta el 30 de junio de 2022; mientras que los autocares podrán seguir haciéndolo durante todo el año. Las excepciones para entrar en la zona de bajas emisiones son coches de transporte de personas con movilidad reducida y los vehículos de emergencia.