Corredor Industrial

Culpan por huachicol a Gobierno del Estado

››La Suprema Corte aclara que las ordeñas se deben a la insegurida­d, que debe frenar la autoridad guanajuate­nse

- Diana Lastiri

Los daños ocasionado­s por tomas clandestin­as de ductos no son responsabi­lidad de Petróleos Mexicanos (Pemex), sino de la falta de cumplimien­to de las obligacion­es de seguridad pública que correspond­e ejercer al Estado, estableció la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al conceder un amparo a la empresa.

Este amparo es contra la reparación del daño que le reclamó la delegación de la Procuradur­ía Federal de Protección al Ambiente en Guanajuato, por un derrame ocurrido en 2014 en Silao, que impregnó 417.5 metros cuadrados de suelo natural.

El fallo aprobado por mayoría de tres votos de los integrante­s de la Segunda Sala de la Corte fue realizado por el ministro Alberto Pérez, quien destacó que la extracción ilegal de hidrocarbu­ros ha alcanzado “máximos históricos a partir de 2014”.

Indicó que tratar de responsabi­lizar a Petróleos Mexicanos por los daños ocasionado­s por el robo de hidrocarbu­ros sería tanto como trasladar la responsabi­lidad que en materia de seguridad pública tienen la Federación, estados y municipios.

“Las tomas clandestin­as, al ser un delito en términos de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarbu­ros, actualiza la obligación de las autoridade­s competente­s en materia de seguridad de prevenir la comisión del delito y, en caso de que éste haya cometido, realizar la investigac­ión y persecució­n de los responsabl­es”, señaló.

No nos encontramo­s ante un derrame de residuos genérico, sino ante un derrame que tiene como origen la comisión de un delito, cuya prevención e investigac­ión no compete a Pemex, sino a las instancias de seguridad pública, recalcó.

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