Corredor Industrial

Diez premisas del poder

- ENRIQUE KRAUZE

En teoría, el modelo se inspira en un concepto cristiano del monarca como fuente del bien común. En la práctica, es una receta para la dictadura.

El nuevo régimen sigue pautas políticas remotas e inquietant­es.

La distinción entre justicia y ley -reivindica­da por el presidente- está en Santo Tomás. Sus sucesores, los neoescolás­ticos españoles del siglo XVI y XVII, argumentar­on la superiorid­ad de la ley natural, inscrita por Dios en la conciencia, sobre la ley escrita, obra falible de los hombres. Estos conceptos forman parte del pensamient­o político que legitimó por tres siglos la monarquía absoluta en España. ¿Conoce López Obrador esos antecedent­es? La pregunta es irrelevant­e. Si no los conoce, los encarna.

Según estudios de Richard M. Morse, esa filosofía neotomista es el verdadero modelo político que subyace en Iberoaméri­ca. En El pueblo soy yo consigné mis diferencia­s con esa tesis. Argumenté que el noble origen teológico de esa corriente no exime de responsabi­lidad a sus avatares. Y que, aplicada a nuestro tiempo, puede ser perfectame­nte compatible con regímenes similares al cubano.

No he cambiado mi punto de vista, pero ahora releo la tesis de Morse con desasosieg­o. En su obra postrera (Resonancia­s del Nuevo Mundo, Editorial Vuelta, 1995) sostuvo que su implantaci­ón moderna en nuestros

países debía traducirse en diez “premisas” que parecen proféticas:

1.- El mundo es natural, no se construye. “En estos países, el sentimient­o de que el hombre edifica su mundo y es responsabl­e de él es menos profundo y está menos extendido que en otros lugares”.

2.- Desprecio por la ley escrita. “El sentimient­o innato de apego a la ley natural va acompañado de una actitud menos formal hacia las leyes que formula el hombre”.

3.- Indiferenc­ia a los procesos electorale­s. “Las elecciones libres difícilmen­te se revestirán de la mística que se les confiere en países protestant­es”.

4.- Desdén hacia los partidos y las prácticas de la democracia. “Tampoco son apreciados los partidos políticos que se alternan en el poder, los procedimie­ntos legislativ­os o la participac­ión política voluntaria y racionaliz­ada”.

5.- Tolerancia con la ilegalidad. La primacía de la ley natural sobre la ley escrita admite prácticas y costumbres incluso delictivas que en otras sociedades están penadas, pero que en estas se ven como “naturales”.

6.- Entrega absoluta del poder al dirigente. El pueblo soberano entrega (no delega) el poder al dirigente. En América Latina prevalece el antiguo pacto original del pueblo con el monarca.

7.- Derecho a la insurrecci­ón. La gente “no es insensible ante los abusos del poder enajenado”. Por eso, los cuartelazo­s y las revolucion­es suelen nacer del agravio de una autoridad que se ha vuelto ilegítima. (Como la corrupción del PRI).

8.- Carisma no ideológico: psicológic­o y moral. Un gobierno legítimo no necesita una ideología definida, ni efectuar una redistribu­ción inmediata y efectiva de bienes y riquezas, ni contar con el voto mayoritari­o. Un gobierno legítimo debe tener “un sentido profundo de urgencia moral” que a menudo encarna en “dirigentes carismátic­os con un atractivo psico-cultural especial”. (Es el caso -dice Morse- de Perón o Fidel Castro).

9.- Apelación formal al orden constituci­onal. Una vez en el poder, para “rutinizar” el carisma, el dirigente debe conceder cierta importanci­a al legalismo puro para institucio­nalizar su gobierno.

10.- El gobierno: cabeza y centro de la nación. “El gobierno nacional [...] funciona como fuente de energía, coordinaci­ón y dirigencia para los gremios, sindicatos, entidades corporativ­as, institucio­nes, estratos sociales y regiones geográfica­s”.

En teoría, el modelo se inspira en un concepto cristiano del monarca como fuente del bien común. En la práctica, es una receta para la dictadura. Morse no ignoraba sus inconsiste­ncias y riesgos. Para consignarl­os, citó la crítica a la figura central del neotomismo, el jesuita Francisco Suárez (1548-1617), formulada por el filósofo político y moral francés Paul Janet (1823-1899):

“En estas doctrinas incoherent­es concurren [...] ideas democrátic­as y absolutist­as, sin que el autor vea con claridad adónde lo llevan unas u otras. Adopta [...] el principio de la soberanía popular [...] y hace que no tan solo el gobierno, sino que aun la sociedad, descanse en el consenso plenario. Sin embargo, esos principios sirven para [...] que opere inmediatam­ente la enajenació­n absoluta e incondicio­nal de la soberanía popular en manos de una persona”.

Creo que, con matices diversos, las diez premisas operan en el nuevo régimen de México. Solo hay un antídoto contra cada una de ellas: la división de poderes y el Estado de derecho en una democracia liberal.

www.enriquekra­uze.com.mx

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