¿Cómo dice que dijo?
El jueves de la semana pasada la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió acerca de la petición del presidente López Obrador a realizar una consulta popular para que el pueblo dijera si está de acuerdo o no en que se investigara la presunta comisión de delitos y se sancionara en su caso a los expresidentes que en la pregunta menciona. Sin embargo, la Corte modificó radicalmente la pregunta y la sustituyó, porque eso fue lo que sucedió, por otra, con la que ese tribunal pretendió aclarar el propósito de la consulta y justificar su constitucionalidad.
Pero, a mi juicio las cosas resultaron peor de lo que estaban. En efecto, ahora la pregunta dice: ¿Estás de acuerdo en que se lleven a cabo las acciones pertinentes, con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos, encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas? No sé si a usted, estimado lector, le parezca que la referida pregunta en realidad viene a esclarecer la petición presidencial y con ello establecer la constitucionalidad de la consulta, la que muchos considerábamos como inconstitucional.
Me parece que, si bien la determinación de la corte establece la constitucionalidad, las razones no son claras y por ende difíciles de entender, sobre todo en cuanto a la finalidad concreta y específica de lo que será el meollo de la votación. Si el pueblo será el que defina si habrá un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en años pasados por actores políticos, para garantizar la justicia y los derechos de posibles víctimas, creo que gran parte de ese pueblo no entenderá de qué se trata en realidad.
Veamos algunos aspectos. Siguiendo el desarrollo de la pregunta habría que indagar a cuáles acciones se refiere la interrogación, porque si bien hace mención de las pertinentes, es claro que dentro de ellas habrá una cantidad importante, y por ello destacarlas simplemente puede resultar una tarea prácticamente imposible de realizar, no obstante que se mencione que deben estar apegadas al marco constitucional y legal. Surge también algo que parece estar implícito, pero que habría valido la pena precisar, como es concretar qué autoridades serán las que llevarán a cabo las acciones pertinentes referidas.
Ahora, bien, esas acciones tendrán que ser tendientes a la realización de un proceso, sin precisar las características esenciales del mismo, lo cual podría dar lugar a una confusión en quien debe realizarlo, porque es evidente que la amplitud de la pretensión puede llevar por distintos caminos, no obstante que el órgano encargado de hacerlo tenga reglas que deba seguir, pues la imprecisión podrá dar lugar a distintas soluciones en algunos casos. Pero, lo que también es difícil de interpretar, es la parte en donde se dice que ese proceso tenderá a esclarecer las decisiones políticas tomadas en años anteriores.
Aquí nuevamente encontramos una grave dificultad, ¿cuáles decisiones políticas; todas las decisiones políticas sin excluir ninguna? Imagínese usted cuántas pudieron haberse tomado por los actores políticos en un periodo de tiempo que ni siquiera está precisado, puesto que sólo se habla de años pasados. Esos años pasados serán 5, 10, 15, 25 o hasta cuándo podrá extenderse esa expresión de años pasados. Y las cosas se complican, porque según el texto de la pregunta los investigados serán los actores políticos y la duda surge. En esa universalidad se pueden comprender, creo yo, desde los cuatro o cinco expresidentes anteriores a la fecha, pero también gobernadores, presidentes municipales y muchos otros actores políticos.
Estimo que no solamente los expresidentes fueron actores políticos en años pasados, sino todos los mencionados y aún otros funcionarios de un nivel más bajo. En la consulta, entonces, el pueblo querrá decir que se investigue no sólo a Salinas de Gortari sino también al gobernador de su estado y a otros, como pueden ser los presidentes municipales. ¿O será al realizarse la consulta, quienes la organicen decidirán cuáles serán los actores políticos a investigar para esclarecer sus decisiones políticas de años anteriores? La verdad no entiendo cuál es el sentido real y no sólo el que se desprende del texto de la pregunta, porque indica decisiones políticas, pero no necesariamente aquellas importantes o decisivas para la vida de un país, de un estado, de una región o municipio.
Por último, el proceso estará encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas, pero no dicen víctimas de qué, ni cómo es que fueron tratadas injustamente. ¿Eso también quedará al criterio de aquellos a quienes va dirigida la pregunta y en su caso la respondan? La verdad no me explico cómo el pueblo puede pedir que se realicen las acciones pertinentes para el esclarecimiento, dentro de un marco constitucional y legal, de acciones políticas que ni siquiera están insinuadas, como tampoco están concretados los actores políticos que pudieron haberlas realizado.
Por último, muchos actores políticos en sus actuaciones, sobre todo en el ámbito económico o con el dinero, fueron sujetos a fiscalización por los órganos pertinentes establecidos en la ley y se aprobaron sus actuaciones y cuentas. Si al responderse la consulta se invocan acciones ya aprobadas ¿podrán volverse a juzgar? ¿No implicará eso una violación de derechos?
Sorprende que el presidente de la Corte diga que el caso es más político que jurídico y técnico. Humildemente, me atrevo a decir, que la política tiene que sujetarse a lo jurídico, pues si no es así será quizá política pero ilegal.
En la consulta el pueblo querrá decir que se investigue no sólo a Salinas de Gortari sino también al gobernador de su estado y a otros, como pueden ser los presidentes municipales.