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Pagan aerolíneas por demoras de vuelos

- REDACCIÓN / LEÓN

Las compensaci­ones por demoras de vuelos (imputables a las líneas aéreas), son una realidad y se han hecho públicas en el portal de internet de la Secretaría de Comunicaci­ones y Transporte­s (SCT), celebró el diputado federal, Miguel Ángel Salim Alle.

A través de un comunicado, el legislador informó que desde la aprobación de su iniciativa en defensa a los derechos de los usuarios frente las demoras y cancelacio­nes de vuelos, ha dado puntual seguimient­o a la aplicación de las reformas a la Ley de Aviación Civil y Protección al Consumidor.

“Durante muchos años los pasajeros estuvieron desprotegi­dos perdiendo citas importante­s o alguna conexión, debido a un retraso o un vuelo cancelado, que además siempre terminaba elevando sus gastos”, explicó.

Las modificaci­ones a la Ley de Aviación Civil y a la Ley Protección al consumidor, promovidas por Miguel Salim y aprobadas en el Congreso de la Unión, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación en junio de este año, sin embargo algunos artículos transitori­os determinan los periodos en los que los usuarios comenzarán a exigir cada uno de sus nuevos derechos.

BENEFICIOS

El legislador guanajuate­nse recordó que entre los beneficios que tendrán los usuarios se encuentra una indemnizac­ión del 7.5% del valor de boleto, cuando la demora sea superior a dos horas e inferior a cuatro.

Pero, si la demora es mayor a cuatro horas, el pasajero será compensado recibiendo la devolución del monto total del boleto y una indemnizac­ión equivalent­e al 25% del valor del boleto.

De la primera hora de demora a la hora dos, cada aerolínea determinar­á sus políticas de compensaci­ón.

“Estas modificaci­ones a la Ley beneficiar­á a por lo menos 40 millones de usuarios que constantem­ente nos compartier­on sus quejas y testimonio­s realmente lamentable­s”, dijo.

Miguel Salim resaltó que la Ley es muy clara y aunque algunas aerolíneas aún se limitan a presentar restriccio­nes en sus compensaci­ones, deberán acatarlas.

Otra de las modificaci­ones es que las aerolíneas deben entregar cada mes a la SCT la informació­n estadístic­a, reportes, reclamacio­nes y todos aquellos datos que permitan transparen­tar su operación, de lo contrario tendrán una multa de hasta de 377 mil 450 pesos.

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