Diario de Queretaro

SENTENCIAS DE ÉPOCA

- Francisco Diez Marina

La historia del Poder Judicial de la Federación como uno de los tres poderes de la Unión de nuestro país se ha dividido por criterios que se plasman en diferentes Épocas Judiciales, término romántico adoptado por dicho Poder y que responde a conceptos que definen considerac­iones, tendencias, giros y ciertos establishm­ents dentro de momentos oportunos.

En 1994 se implementó la reforma constituci­onal más profunda de la historia de dicho Poder, transitand­o en 1995 hacia la Novena Época, mediante ciertos aspectos como la consolidac­ión de la SCJN como tribunal constituci­onal y el establecim­iento del Consejo de la Judicatura como órgano especializ­ado de administra­ción y vigilancia del Poder Judicial.

Luego, la Décima Época empezó en el 2011 con un cambio de paradigma muy importante; la reforma constituci­onal y el reconocimi­ento formal en materia de derechos humanos, su cumplimien­to y alcance personific­ado en la sentencia del caso Rosendo Radilla y el redescubri­miento de lo que ya existía. Esta Época nos deja criterios relevantes de índole público y privado, sentando principios y sentencias que van desde el ámbito más íntimo de la per sona, como es su familia, hasta los alcances del poder público, los tests de proporcion­alidad, y el control difuso de constituci­onalidad, entre otros.

ca, El su 1 relevancia de mayo comenzará radica en la las Undécima reformas Épo profundas al Poder Judicial, volviendo a la SCJN según Arturo Zaldívar, un agente activo de la transforma­ción social mediante un cambio en su estructura, como es el control que hará el

CJF en la paridad de género de dicho Poder, así como en la forma de presentar los precedente­s judiciales y la integració­n de la jurisprude­ncia, al pasar de un sistema de reiteració­n de criterios a uno de precedente­s. Esto lleva a preguntarn­os si realmente es un cambio de época o más bien de la orientació­n de sentencias y principios que se han implementa­do durante la actual Décima Época.

Ahora bien, habrá que considerar si también la reciente propuesta de la extensión en el puesto del queretano Ministro Zaldívar, Presidente de la SCJN y del CJF, llevará consigo la implementa­ción de una reforma constituci­onal para sustentarl­a.

Pero más que pronunciar­me sobre la extensión de su mandato, lo que más interesa es la calidad con la que vendrán las sentencias de cada juez, no solo de la judicatura, sino de todo el sistema judicial del país y de aquellos organismos que se valen de dichas sentencias para justificar el ejercicio del poder y su mandato social, así como el sistema de precedente­s que tanto se ha vanagloria­do en esta Época. como Hay un algunos guiño que del interpreta­n Ejecutivo para esta reforma generar cercanía, otros como un voto de confianza para la implementa­ción de la reforma judicial que nació en el seno del propio Poder Judicial, otros como una violación hacia la independen­cia judicial y otros como un cambio de paradigma en cuanto al contenido de las sentencias. Al final el legado de una gestión se analiza con la calidad y el aporte que se hace al orden institucio­nal y a la sociedad en su conjunto y eso es lo que hará historia para bien o maly no la época o momentum. ¿Serán las sentencias de época y no la época de las sentencias, lo que no nos define?

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