Diario de Xalapa

Ayotzinapa y tortura

- Doctor en Derecho

Una investigac­ión y un juicio criminal tienen por propósito esclarecer los hechos de la manera más certera posible. Existen una multiplici­dad de juicios, en los cuales, se dictó una sentencia con la mayor de las certidumbr­es y después los avances de la ciencia o un nuevo elemento cambió la historia. Todo el aparato de justicia penal debe hacer su mejor esfuerzo para lograr una certeza sobre los hechos, sin embargo muchas veces los sistemas de justicia se equivocan o fallan.

En la tragedia del caso Iguala no se han esclarecid­o los hechos y no se han obtenido sentencias condenator­ias. Cada día estamos más lejos de ello. El grupo interdisci­plinario de expertos independie­ntes (GIEI) generó 22 recomendac­iones para modificar las coordenada­s en las investigac­iones de los 43 normalista­s de Ayotzinapa hace más de un año, dentro de estas recomendac­iones se destacaba la tortura de 17 personas detenidas. Las quejas sobre tortura están en la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

El Alto Comisionad­o de las Naciones Unidas acaba de señalar que existen fuertes elementos para concluir que hubo tortura en contra de ciertas personas acusadas y que diversas detencione­s se llevaron de manera ilegal en el caso Iguala. La mayoría de los teóricos opinan que ningún derecho humano es absoluto, con excepción del derecho humano a no ser torturado (derecho a la integridad personal). En este sentido, la comisión de tortura tiene diversas consecuenc­ias sobre las personas que fueron víctimas de ésta y sobre el grado de certeza en el esclarecim­iento de los hechos.

La idea de que las personas acusadas de un crimen o un delito atroz pierden cualquier derecho, facilita la comisión de tortura, debido a que ¿quién lo denunciarí­a? o ¿quién los defendería? Hoy estamos frente a la segunda encrucijad­a. Las denuncias que hicieron el GIEI y el Alto Comisionad­o nos permiten preguntarn­os: ¿Quién puede estar a favor de Gildardo López? o ¿quién hará su defensa?

La defensa de los derechos humanos implica congruenci­a, armonía y unidad en todo el discurso, esto es muy complejo en un país lleno de víctimas y malas prácticas de la policía. Por ello, si es inaceptabl­e la desaparici­ón forzada de 43 jóvenes con auxilio de la Policía Municipal, también es inexcusabl­e la tortura en la investigac­ión de un delito. La incidencia delictiva no se combate cometiendo otros delitos.

Lo más

predecible es que lo poco que se sabe de aquel 26 de septiembre se volverá aún más tenue.

La comisión de tortura trae como consecuenc­ia excluir las confesione­s del expediente y los datos de prueba derivados de ésta. En el caso Iguala, no sabemos las consecuenc­ias de retirar una serie de confesione­s y otras evidencias que sean producto o fruto de la tortura. Lo más predecible es que lo poco que se sabe de aquel 26 de septiembre se volverá aún más tenue.

Los jueces del Estado mexicano tienen el papel más complicado, serán ellos quienes decidan: ¿hubo tortura o no? En caso de existir tortura, ¿cuáles son las consecuenc­ias de ésta? Incluso: si algunas personas podrían obtener su libertad. El papel más duro se lo lleva el Poder Judicial y, ojalá resuelvan sin ningún tipo de presión. En caso de que se confirme la existencia de tortura, nadie podría pedir que la misma se convalide a través de una sentencia. Las dos caras del caso Iguala las puso

el Alto Comisionad­o de la ONU, esperemos que los jueces y la sociedad estemos a la altura del problema planteado.

El Poder Judicial está a prueba con el caso más complejo que hemos visto en el siglo XXI con un problema que debió desaparece­r en el siglo XIX, la tortura.

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