TEPJF RETRASA DECISIÓN Aún sin candidatura Napo y Mancera
Razones políticas han impedido que el Tribuna Electoral los avale o rechace
CDMX.- A escasos 35 días de la elección, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación no ha definido si las candidaturas al Senado de Miguel Ángel Mancera y Napoléon Gómez Urrutia son válidas.
De acuerdo con especialistas, no hay razón en el proceso jurídico para retrasar la discusión y resolución de este tema, por lo que ven intereses políticos para no afectar a los candidatos presidenciales. Aunque no hay un plazo fatal para el Tribunal, se espera que sea en las primeras semanas de junio cuando finalmente se discuta.
La candidatura del exjefe de Gobierno pende de un hilo por que la ley impide que aspire a un escaño en el tiempo que ejercería el cargo; mientras que para el líder minero su doble nacionalidad es el problema.
Esta tardanza
tiene la finalidad de no restarle puntos a la campaña de quien encabeza las encuestas, aseguró Julio Jiménez, académico de la Facultad de Derecho de la Universidad La Salle
OAXACA, Oax.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) será el órgano jurisdiccional responsable de establecer si se violó la paridad de género, con el registro de 17 hombres que fingieron ser transgénero para participar en la elección de concejales en la entidad.
Esto luego de que dos personas, señaladas por ser falsos transgénero, fueron afectadas con la cancelación temporal de sus candidaturas, por lo cual solicitaron directamente a la Sala Superior del TEPJF conocer el caso. De manera extraordinaria y en atención a la importancia y trascendencia del asunto la Sala Superior determinó atraer el tema.
Uno de los principales problemas en este caso es determinar si la identidad muxe puede definirse en un mero acto subjetivo o privado de autodeterminación, o que esa identidad deba tener un impacto en la vida social -familia, iglesia, escuela, trabajo, entre otros espacios de socialización- y, por tanto, en los asuntos públicos.
En este sentido, la resolución que emita el tribunal electoral federal podría fijar un criterio jurídico relevante para casos futuros, porque deberá determinar si el hecho de que la comunidad trans o muxe no les reconozca como personas pertenecientes a ese colectivo, es suficiente para negarles la candidatura, o bien, si se trata de una libertad de autodeterminación que no requiere necesariamente una afiliación a un colectivo o un reconocimiento público a su condición de género.
Para iniciar el análisis del asunto, el TEPJF decidió atraer dos recursos presentados por tres mujeres ante el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) quienes acusaron a hombres de hacerse pasar por personas transgénero para obtener una candidatura violando las reglas de paridad de género .
De estas candidaturas, 12 fueron avaladas por la coalición de los partidos Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD) y Movimiento Ciudadano (MC); dos por la coalición del Revolucionario Institucional (PRI), Verde Ecologista de México (PVEM) y Nueva Alianza (Panal); dos solo por MC y una más por el Panal.
A pesar de esto, el Instituto Estatal Electoral de Oaxaca continúa con el proceso ordinario sancionador iniciado a partir de las denuncias de los colectivos de la diversidad sexual, mismo que está en la fase de alegatos. En esta etapa, el expediente de los casos se pone a vista de las partes, quienes tienen cinco días para exponer su defensa.
Al finalizar esta etapa y conforme al procedimiento, la Comisión de Quejas y Denuncias elaborará un proyecto de resolución y lo enviará al Consejo General quien resolverá en definitiva sobre el caso.