Entrarán en servicio más de 6 mil cámaras
El gobernador Miguel Ángel Yunes señaló que los veracruzanos contarán en breve con un moderno sistema de videovigilancia. Resaltó que, al igual que las grandes ciudades del mundo, Orizaba cuenta con moderna tecnología.
La Fiscalía Especializada para la Investigación del Delito de Tortura, a propuesta del fiscal Jorge Winckler Ortiz, quedó legalmente establecida.
Tras ser publicada en la Gaceta Oficial del Estado la autorización que dio el Congreso local para la creación de la misma, se estableció que ésta dependerá jerárquicamente de la Fiscalía de Investigaciones Ministeriales.
La Fiscalía será permanente mientras el fiscal general no acuerde lo contrario y estará a cargo de un titular que será fiscal especializado designado por el fiscal general, el cual lo podrá remover libremente.
El fiscal especializado podrá ingresar a cualquiera de los lugares de privación de libertad en donde se presuma que se cometió el delito de tortura.
Para el ejercicio de sus funciones, la Fiscalía Especializada para la Investigación del Delito de Tortura contará con los elementos de la Policía Ministerial y demás personal que acuerde el fiscal general.
Para ello, en el reclutamiento del personal deberán aplicarse mecanismos de evaluación y control de confianza certificados, de acuerdo con la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado.
La creación de la nueva Fiscalía se sustenta en el artículo transitorio sexto de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, que establece, entre otras cosas, que las entidades federativas crearán y operarán las Fiscalías Especiales para la Investigación del Delito de Tortura.
El titular de Fiscalía Especializada para la Investigación del Delito de Tortura se deberá someter y aprobar el proceso de evaluación de control de confianza, es decir, los exámenes psicológicos, investigación socioeconómica y situación patrimonial, médico, toxicológico y poligráfico.
Lo anterior, para verificar que cumpla con los principios de buena fe, legalidad, honradez, objetividad, imparcialidad, eficiencia, profesionalismo, indivisibilidad, jerarquía y autonomía en sus funciones.
El titular de la misma tendrá a su cargo las siguientes facultades: prevenir, iniciar y desarrollar la investigación y persecución de hechos delictivos relacionados con los delitos previstos en la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y actuará dentro del territorio veracruzano.
Asimismo requerirá la participación de las autoridades en materia de atención a víctimas, en términos de las disposiciones aplicables, pedir a las autoridades competentes su colaboración y apoyo para la investigación y persecución de los delitos previstos en la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
De la misma forma debe decretar las medidas de protección en favor de la vida o la integridad de las víctimas, de conformidad con la legislación aplicable, solicitar las medidas cautelares aplicables al imputado por los delitos previstos en la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, de conformidad con la legislación aplicable.
Finalmente deberá proponer políticas para la prevención de las conductas previstas en la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, además de desarrollar, en el ámbito de su competencia, las atribuciones que competen al Ministerio Público.