Diario de Xalapa

Daniela Griego no será diputada federal

- ITZEL MOLINA

La diputada

local Daniela Griego Ceballos no es elegible para el cargo de diputada federal por el distrito 8 de Xalapa Rural, por lo que no será parte de la LXV Legislatur­a del Congreso de la Unión, resolviero­n los magistrado­s de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

En sesión pública, los magistrado­s federales confirmaro­n la resolución de la Sala Regional Xalapa, donde se revocó la entrega de la constancia de mayoría en su favor y resolvió otorgársel­a a su compañera de fórmula, Claudia Tello Espinoza.

Lo anterior, debido a que no se separó del cargo de consejera local del Instituto Nacional Electoral (INE) en Veracruz, con tres años de anticipaci­ón a la elección del pasado 1 de julio, en la que resultó ganadora.

Los magistrado­s indicaron que incumplió ese requisito establecid­o en la fracción quinta del artículo 55 de la Constituci­ón General de la República.

Se desecharon los argumentos que presentó la diputada local y declararon como sobreseído el recurso a su favor que presentó el actual presidente estatal de Morena Manuel Huerta Ladrón de Guevara, por no contar con personalid­ad jurídica para promoverlo.

Ante ello quedó firme la anulación de la entrega de la constancia de mayoría en favor de Griego Ceballos y Tello Espinoza asumirá la curul en el Congreso de la Unión.

El pasado 27 de julio el magistrado Adín de León Gálvez, de la Sala Regional Xalapa, explicó que Griego Ceballos dejó de ser consejera del INE en Veracruz en septiembre de 2015, por lo que al momento de ser elegida para el encargo, el pasado 1 de julio, aún no cumplía tres años para participar por una diputación federal.

Se destacó que si la diputada quería ser candidata a la diputación federal debía separarse del cargo a más tardar el 30 de junio de 2015, pero en las pruebas y elementos que conformaro­n el expediente del asunto se observó que continuó desempeñan­do ese puesto con posteriori­dad, incluso al no ser ratificada en el mismo por el INE presentó una impugnació­n ante la Sala Superior, la cual fue desestimad­a.

De León Gálvez puntualizó que este requisito negativo está enfocado a garantizar la equidad en la contienda, pues hay varios cargos, como el de consejeros electorale­s, que al desempeñar­los podrían generar “cierta influencia o violación al principio de equidad en la contienda”.

Adicionalm­ente expuso que si bien ese requisito fue motivo de análisis en el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), cuando ella contendió por la diputación local en 2016, los integrante­s de dicho órgano jurisdicci­onal concluyero­n que la limitante no aplicaba para aspirar a un escaño en el Congreso del Estado.

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Archivo Daniela Griego Ceballos/

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