Aprueban créditos para obras
El financiamiento se deberá liquidar antes de que concluyan las administraciones actuales, a fin de no "heredar" deudas
El pleno legislativo avaló que 180 de los 212 ayuntamientos puedan contratar uno o más financiamientos para la obra pública, los cuales deberán pagarse antes de que concluyan las actuales administraciones. En sesión pública de ayer, los legisladores determinaron que los alcaldes puedan realizar dicha contratación que tendrá como fuente de pago un porcentaje del derecho a recibir y los recursos que les correspondan del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales
del Distrito Federal (FISMDF) y para que celebren o se adhieran a los mecanismos de pago del crédito que contraten. En dicha propuesta se indica que los ayuntamientos que realicen estos contratos liquiden con el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FAISMUN).
Ante ello, se establece que el pago no deberá exceder del 25 por ciento del FAISMUN. Los ayuntamientos contratantes deberán liquidar los créditos a más tardar el 3 de noviembre de 2025, con el objetivo de que no se excedan los periodos constitucionales de las actuales administraciones municipales. Sin embargo, no se determina el pago de los intereses, ni las comisiones, ni los instrumentos, relacionados con el financiamiento.
De la misma forma, se requiere a los municipios que cuenten con el respaldo de las dos terceras partes de los integrantes de sus Cabildos.
En la aprobación sí quedó establecido que los créditos se destinen para los servicios de agua potable, alcantarillado, drenaje, urbanización, electrificación rural y de colonias e infraestructura de salud.
Las obras generadas con este recurso tendrán que beneficiar directamente a la población en pobreza extrema y localidades con alto o muy alto nivel de rezago social. Se indica que es deber de las administraciones municipales deberán vigilar que el manejo de los recursos se encuentre estrictamente apegado a los principios de legalidad, honestidad, eficacia, eficiencia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control y rendición de cuentas, consignados en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
Las obras generadas tendrán que beneficiar a población en pobreza extrema y localidades con alto o muy alto nivel de rezago.