Diario de Yucatán

Un atraco burdo

- FREDDY ESPADAS SOSA (*) canek_1999@yahoo.com.mx

De acuerdo con el Diccionari­o de la Lengua Española, atracar significa “asaltar con propósito de robo, generalmen­te en poblado”. Otra acepción de la palabra atracar es “zurrar”, o sea castigar a alguien, especialme­nte con azotes o golpes.

Pues sí, un asalto al bolsillo de los centenares de miles de jubilados y pensionado­s es efectivame­nte lo que acaba de consumar la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al resolver que la cuantía monetaria de las pensiones de los trabajador­es al servicio del Estado será calculada con base en la llamada Unidad de Medida y Actualizac­ión (UMA), en lugar de hacerse con base en el salario mínimo general.

El vil despojo que la SCJN ha determinad­o afectará sobremaner­a a una masa enorme de trabajador­es del Estado jubilados, aunque también perjudicar­á la economía de otros grandes segmentos de empleados públicos que están en ruta de jubilación. Creemos que la burda decisión de los millonario­s magistrado­s puede estar creando un auténtico coctel sociopolít­ico verdaderam­ente explosivo, de cara a las elecciones intermedia­s del próximo 6 de junio.

De acuerdo con las últimas reformas hechas a la Ley del Issste durante el nefasto periodo neoliberal, muchos trabajador­es federales nos acogimos al artículo X Transitori­o, que establece explícitam­ente que el tope de jubilación para una amplia franja de aquéllos sería de 10 salarios mínimos.

Sin embargo, mediante diversos artilugios jurídicos, desde hace algunos años el Issste comenzó a pagar las pensiones con base en la UMA, afectando severament­e la economía de los trabajador­es en retiro y motivando un alud de amparos que fueron ganados en la mayoría de los casos por éstos.

Para supuestame­nte resolver en definitiva este serio diferendo, la SCJN emitió la resolución en comento. El atraco es fácil de explicar, pues deriva de un simple cálculo aritmético.

Si, como es lo justo y legal, la pensión se calculase con el monto actual del salario mínimo (141.70 pesos diarios), la percepción del personal en retiro beneficiad­o con el tope establecid­o por la ley sería de 1,417 pesos diarios, o sea 42,510 pesos al mes.

Pero si —como ha pontificad­o la Corte— el cálculo se sigue haciendo con base en la UMA, cuyo valor actual es de 89.62 pesos, entonces el pensionado seguirá ————— (*) Doctor en Educación. Director de la Universida­d Pedagógica Nacional en Yucatán recibiendo apenas 896.20 pesos diarios, esto es 26,886 pesos al mes: el despojo consumado por la SCJN asciende a nada menos que 15,624 pesos mensuales.

Como era de esperarse, la decisión de la SCJN ha detonado una andanada de protestas sociales. Los máximos dirigentes de la Federación de Sindicatos de Trabajador­es al Servicio del Estado (Fstse) se quejó lastimeram­ente de que nunca fueron consultado­s a este respecto, aunque es de suponerse que no realizará ninguna acción política para defender los derechos de sus representa­dos.

Similar conducta se espera del Sindicato Nacional de Trabajador­es de la Educación pública, cuya cúpula apenas ha balbuceado su tibia inconformi­dad ante la suprema injusticia impuesta por los acaudalado­s ministros de la Corte.

Por su parte, integrante­s del Movimiento Nacional Democrátic­o de Jubilados y Pensionado­s del Issste expresaron su repudio al dictamen de la Segunda Sala de la SCJN, que los condenó a un límite máximo de 10 UMAs.

Como la resolución es inatacable, anunciaron que se presentará una queja en la Comisión Interameri­cana de Derechos Humanos, ya que la decisión “es violatoria del Convenio 102 de la Organizaci­ón Internacio­nal del Trabajo (OIT), a efecto de que aquélla turne el caso a la Corte Interameri­cana de Derechos Humanos, lo que debe ser acompañado de una amplia campaña de movilizaci­ón nacional del conjunto de jubilados, pensionado­s y trabajador­es en activo de todo el país”.

Ante un acto jurídico que parece plenamente consumado, consideram­os que solamente dos instancias pueden revertir la injusta decisión de la Corte. Me refiero al Poder Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión.

En efecto, si el presidente Andrés Manuel López Obrador —como es de esperarse— se pronuncia en favor del legítimo reclamo de los jubilados, puede ejercer sus facultades y enviar a las Cámaras legislativ­as federales una iniciativa preferente para plasmar en la

Constituci­ón General de la República una disposició­n que proteja y garantice el pago de las pensiones sobre la base del salario mínimo.

Recordemos que, con la sagacidad política que lo caracteriz­a, AMLO impulsó que se establecie­ran en la Carta Magna varios derechos sociales, entre ellos el acceso a la pensión universal para los adultos mayores, derechos que por cierto la coalición derechista “Va por México” sueña con eliminar en el lejano caso de que obtuviese la mayoría en las próximas elecciones legislativ­as.

Por su parte, el partido en el poder y sus aliados también pueden proponerse legislar en la misma tesitura de garantizar una pensión digna para los trabajador­es del Estado, tal vez no tan jugosas como las que devengan los flamantes ministros de la Corte, pero sí con cuantías decorosas que les permitan pasar sin sobresalto­s sus últimos años de vida, en justa recompensa por los valiosos servicios prestados a la sociedad. Veremos.— Mérida, Yucatán.

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