Un atraco burdo
De acuerdo con el Diccionario de la Lengua Española, atracar significa “asaltar con propósito de robo, generalmente en poblado”. Otra acepción de la palabra atracar es “zurrar”, o sea castigar a alguien, especialmente con azotes o golpes.
Pues sí, un asalto al bolsillo de los centenares de miles de jubilados y pensionados es efectivamente lo que acaba de consumar la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al resolver que la cuantía monetaria de las pensiones de los trabajadores al servicio del Estado será calculada con base en la llamada Unidad de Medida y Actualización (UMA), en lugar de hacerse con base en el salario mínimo general.
El vil despojo que la SCJN ha determinado afectará sobremanera a una masa enorme de trabajadores del Estado jubilados, aunque también perjudicará la economía de otros grandes segmentos de empleados públicos que están en ruta de jubilación. Creemos que la burda decisión de los millonarios magistrados puede estar creando un auténtico coctel sociopolítico verdaderamente explosivo, de cara a las elecciones intermedias del próximo 6 de junio.
De acuerdo con las últimas reformas hechas a la Ley del Issste durante el nefasto periodo neoliberal, muchos trabajadores federales nos acogimos al artículo X Transitorio, que establece explícitamente que el tope de jubilación para una amplia franja de aquéllos sería de 10 salarios mínimos.
Sin embargo, mediante diversos artilugios jurídicos, desde hace algunos años el Issste comenzó a pagar las pensiones con base en la UMA, afectando severamente la economía de los trabajadores en retiro y motivando un alud de amparos que fueron ganados en la mayoría de los casos por éstos.
Para supuestamente resolver en definitiva este serio diferendo, la SCJN emitió la resolución en comento. El atraco es fácil de explicar, pues deriva de un simple cálculo aritmético.
Si, como es lo justo y legal, la pensión se calculase con el monto actual del salario mínimo (141.70 pesos diarios), la percepción del personal en retiro beneficiado con el tope establecido por la ley sería de 1,417 pesos diarios, o sea 42,510 pesos al mes.
Pero si —como ha pontificado la Corte— el cálculo se sigue haciendo con base en la UMA, cuyo valor actual es de 89.62 pesos, entonces el pensionado seguirá ————— (*) Doctor en Educación. Director de la Universidad Pedagógica Nacional en Yucatán recibiendo apenas 896.20 pesos diarios, esto es 26,886 pesos al mes: el despojo consumado por la SCJN asciende a nada menos que 15,624 pesos mensuales.
Como era de esperarse, la decisión de la SCJN ha detonado una andanada de protestas sociales. Los máximos dirigentes de la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado (Fstse) se quejó lastimeramente de que nunca fueron consultados a este respecto, aunque es de suponerse que no realizará ninguna acción política para defender los derechos de sus representados.
Similar conducta se espera del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación pública, cuya cúpula apenas ha balbuceado su tibia inconformidad ante la suprema injusticia impuesta por los acaudalados ministros de la Corte.
Por su parte, integrantes del Movimiento Nacional Democrático de Jubilados y Pensionados del Issste expresaron su repudio al dictamen de la Segunda Sala de la SCJN, que los condenó a un límite máximo de 10 UMAs.
Como la resolución es inatacable, anunciaron que se presentará una queja en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, ya que la decisión “es violatoria del Convenio 102 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), a efecto de que aquélla turne el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, lo que debe ser acompañado de una amplia campaña de movilización nacional del conjunto de jubilados, pensionados y trabajadores en activo de todo el país”.
Ante un acto jurídico que parece plenamente consumado, consideramos que solamente dos instancias pueden revertir la injusta decisión de la Corte. Me refiero al Poder Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión.
En efecto, si el presidente Andrés Manuel López Obrador —como es de esperarse— se pronuncia en favor del legítimo reclamo de los jubilados, puede ejercer sus facultades y enviar a las Cámaras legislativas federales una iniciativa preferente para plasmar en la
Constitución General de la República una disposición que proteja y garantice el pago de las pensiones sobre la base del salario mínimo.
Recordemos que, con la sagacidad política que lo caracteriza, AMLO impulsó que se establecieran en la Carta Magna varios derechos sociales, entre ellos el acceso a la pensión universal para los adultos mayores, derechos que por cierto la coalición derechista “Va por México” sueña con eliminar en el lejano caso de que obtuviese la mayoría en las próximas elecciones legislativas.
Por su parte, el partido en el poder y sus aliados también pueden proponerse legislar en la misma tesitura de garantizar una pensión digna para los trabajadores del Estado, tal vez no tan jugosas como las que devengan los flamantes ministros de la Corte, pero sí con cuantías decorosas que les permitan pasar sin sobresaltos sus últimos años de vida, en justa recompensa por los valiosos servicios prestados a la sociedad. Veremos.— Mérida, Yucatán.