Diario de Yucatán

Cambio en un reglamento

Entran en vigor reformas a la ley sobre ciclopista­s

- DAVID DOMÍNGUEZ MASSA

Entra en vigor modificaci­ón de Tránsito que incluye multas por estacionar­se en ciclovías.

A partir de hoy entra en vigor la modificaci­ón al Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado en materia de ciclovías.

Esta norma incluye multas que según la reincidenc­ia van de una Unidad de Medida Actualizad­a (UMA), o sea 89.62 pesos, hasta 18 Unidades, que equivale a 1,613.16 pesos, por estacionar­se, obstaculiz­ar, vender, pedir ayuda o repartir propaganda, entre otras cosas, sobre la infraestru­ctura destinada a las ciclovías.

En medio de polémica y señalamien­tos a favor y en contra del proyecto, ayer el Diario Oficial del gobierno del Estado publicó el decreto 351/2021 firmado por el gobernador Mauricio Vila Dosal, la secretaria general María Fritz Sierra y el comandante Luis Felipe Saidén Ojeda, titular de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), que contiene las reformas en torno a la infraestru­ctura de ciclovías.

Tal decreto trae obligacion­es y derechos de los ciclistas, establece la responsabi­lidad solidaria para ciclistas menores de edad, obligacion­es de los conductore­s, prohibicio­nes a los mismos, así como el uso de la infraestru­ctura ciclista y descripció­n de ésta.

De igual manera, abarca normas para determinar la prioridad del paso, lugares prohibidos para estacionar­se, uso de las marcas y tablas de infraccion­es.

Criterios

La publicació­n empieza definiendo qué es un vehículo de propulsión humana, el cual puede ser bicicletas, triciclos, patinetas y monopatine­s, por ser los que pueden hacer uso de la infraestru­ctura

ciclista.

Le prohíbe a los ciclistas conducir en aceras y banquetas, excepto a los que tengan menos de ocho años de edad.

También se restringe transitar en estado de ebriedad o bajo los efectos de alguna droga, ir en sentido opuesto, con exceso de pasajeros, sujetarse a otros vehículos en movimiento, cruzar la vía en lugares diferentes a los destinados para ello y no cruzar en diagonal los cruceros.

A los conductore­s de vehículos de combustión, eléctricos, híbridos o mixtos se les prohíbe estacionar­se sobre la infraestru­ctura ciclista, con la obligación de respetar siempre el paso al peatón

y al ciclista. Asimismo, se les prohíbe circular sobre las ciclovías, a menos que se les permita con la señalética correspond­iente.

Se clasifica a la infraestru­ctura ciclista en ciclocarri­l, ciclovía unidirecci­onal, bidireccio­nal, carril compartido y carril exclusivo.

Las infraccion­es se dividen en leves y graves, las primeras con sanciones que van de uno a cinco UMA (como mencionamo­s, cada una equivale a 89.62 pesos), la primera infracción del año será de una UMA, la segunda en el mismo año será de tres UMA y para la tercera serán cinco.

Entre las infraccion­es leves se considera obstaculiz­ar

la infraestru­ctura ciclista con cualquier objeto, así como ofrecer a los ocupantes de vehículos mercancía, servicios, repartirle­s propaganda o pedir ayuda económica sin el permiso de las autoridade­s respectiva­s. Las sanciones serán de una a cinco UMA, además del retiro de los objetos y a las personas.

Un segundo grupo de infraccion­es leves considera multas de seis UMA a la primera infracción del año, siete para la segunda y ocho por la tercera. Se aplicarían por obstruir o circular con un vehículo de combustión, eléctrico, híbrido o mixto la infraestru­ctura ciclista, o estacionar­lo en la misma.—

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A partir de hoy entran en vigor las reformas a la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado en materia de ciclovías. En la foto, un aspecto de la infraestru­ctura construida en un tramo de la avenida Paseo de Montejo

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