Diario de Yucatán

Mayorías y fiscalizad­ores

- EDUARDO R. HUCHIM (*)

Bernardo Barranco, solidarida­d.

La postelecci­ón de 2021 está aún dominada por la discusión sobre si el partido mayoritari­o, Morena, ganó o perdió y si logrará conservar el control que tuvo en la primera mitad del sexenio en la Cámara de Diputados. Por lo que hace a los comicios federales, es probable que Morena llegue a San Lázaro con más legislador­es propios que en 2018. No se olvide, por lo demás, que su cómoda bancada en la legislatur­a saliente se logró mediante el “chapulineo” (cambio de diputados de un grupo parlamenta­rio a otro).

En cuanto a la mayoría calificada, el presidente Andrés Manuel López Obrador tiene razón cuando afirma que Morena nunca la ha tenido. No solo eso, ni Morena ni ningún otro partido puede tenerla por sí mismo, por una simple razón aritmética: la mayoría calificada, requisito para reformar la Constituci­ón, es de dos tercios, es decir 334 diputados, pero la propia carta magna establece en su artículo 54.IV que “ningún partido político podrá contar con más de 300 diputados por ambos principios (mayoría relativa y representa­ción proporcion­al)”. Dicho de otro modo, la mayoría calificada tienen que construirl­a dos o más grupos parlamenta­rios. Es una mayoría imposible para un solo partido.

Así, los dos tercios necesarios en San Lázaro para las reformas constituci­onales solo se lograrán mediante una alianza de grupos parlamenta­rios (o de legislador­es de distintas bancadas), y es posible que los partidos que fueron unidos a la elección voten separados y casuística­mente porque sus ideologías y principios son ————— (*) Periodista diferentes.

El ruido que ha generado la discusión sobre mayorías casi ha silenciado dos aspectos centrales en la postelecci­ón: los litigios que se han presentand­o ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en severos problemas por la división entre sus magistrado­s, y la muy importante tarea de fiscalizac­ión. Me detengo en esta última

Conviene recordar que, en términos del artículo 41 de la Constituci­ón, exceder en 5% o más el gasto de campaña autorizado, puede ser causal de nulidad de las elecciones federales o locales, si la violación es determinan­te para el resultado de la elección. Se presume que es determinan­te si la diferencia entre el candidato ganador y el segundo lugar es menor a 5 puntos porcentual­es. Adicionalm­ente, en caso de nulidad, se convocará a una elección extraordin­aria, en la que “no podrá participar la persona sancionada”.

Tradiciona­lmente, la fiscalizac­ión del INE ha sido deficitari­a —el caso más notorio y vergonzoso es el de los gastos de campaña de Enrique Peña Nieto—, pero hay indicios de mejoría en ese rubro. Sin embargo, la Unidad de Fiscalizac­ión del INE se enfrenta a un desafío porque la tarea es inmensa y el tiempo escasísimo.

Antes de 2014, las autoridade­s electorale­s disponían de más de seis meses para realizar la revisión de los gastos de campaña, de tal suerte que cuando el Consejo General del INE resolvía los rebases, los ganadores ya desempeñab­an sus cargos. La reforma electoral de ese año redujo drásticame­nte los tiempos y ahora el INE dispone de alrededor de un mes y medio para tal revisión de decenas de miles de informes, por ser la elección más grande de la historia.

SE COMPLICA

La tarea se complica porque, aun cuando el INE tiene atribucion­es explícitas para superar los secretos bancario, fiduciario y fiscal, en la práctica esta posibilida­d se estrella —no siempre, pero sí demasiadas veces— con el recelo y la falta de colaboraci­ón de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y el Servicio de Administra­ción Tributaria (SAT), cuya informació­n es vital para detectar excesos en los gastos de campaña.

De acuerdo con un informe de la Comisión de Fiscalizac­ión de mayo pasado, de 1,088 solicitude­s presentada­s a la CNBV, 741 (68%) tienen más de 31 días en promedio sin ser atendidas (la más antigua era de 125 días). La CNBV está en un evidente incumplimi­ento de la ley porque ésta ordena que las solicitude­s del INE deben ser atendidas en un término de cinco días. El SAT ha dejado de contestar 14% de las solicitude­s y la única instancia que ha atendido todas es la Unidad de Inteligenc­ia Financiera.

Es obvio que la colaboraci­ón en esta materia debe ser fluida y expedita y las autoridade­s, sobre todo la CNBV, deben responder en los términos que exige la ley.— Ciudad de México.

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