Facilitan las adopciones
También cambia la designación de los magistrados
El Congreso del Estado aprobóo ayer cambios a la Ley del Poder Judicial para que en adelante sean los mismos magistrados los que nombren a sus sucesores y ya no el Ejecutivo estatal y el Legislativo.
En la misma sesión, pero por unanimidad, también se aprobó la nueva Ley de Adopciones de Niñas, Niños y Adolescentes, para procurar una justicia en favor de estos últimos reducir considerablemente los tiempos y trámites, que ayuden a que puedan acceder a un núcleo familiar seguro de confianza y desarrollo.
En la sesión plenaria de ayer el asunto más discutido
fue la reforma judicial.
Fabiola Loeza Novelo, diputada sin partido, afirmó que “la iniciativa parte de una premisa falsa; es decir, no toda reforma que hable de independencia y autonomía judicial es competencia del poder judicial.
Finalmente en la votación se aprobó con 20 votos a favor y solo tres en contra; las
diputadas de Morena votaron a favor.
En cuanto a las adopciones, la reforma busca reducir la complejidad en este tipo de procesos, como la pérdida de la patria potestad, establecer a detalle los procedimientos específicos para expedir los certificados de idoneidad y de compatibilidad. También se exigirá profesionalismo en evaluaciones que hará la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes de la entidad.
En las reformas aprobadas se prevé que en todo el procedimiento de adopción se deberá escuchar y tomar en cuenta la opinión de las niñas, niños y adolescentes que se pretenden adoptar, de acuerdo con su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y grado de madurez, y tendrán derecho al acompañamiento y asistencia jurídica y psicológica durante todo el proceso y a ser informadas o informados de las consecuencias de su adopción.
Cuando se trate de casos de hermanas y hermanos, precisan que se fija en la ley que se procurará mantenerlos unidos; sin embargo, en caso de no ser posible, se deberán prever las medidas que permitan mantener los vínculos de convivencia, contacto y comunicación permanente, siempre que no afecte el interés superior de la niñez.
En otras disposiciones nuevas se considera la figura de derecho preferente para la adopción, que trata cuando una niña, un niño o adolescente fue integrado a una vida en familia y generado vínculos afectivos, derivado del cuidado y protección otorgados por la o las personas cuidadoras no familiares, por un periodo superior a 6 meses, tendrá derecho preferente a ser adoptado por dicha familia.
Esta iniciativa si más discusiones u oposición finalmente se aprobó por unanimidad.—