Diario de Yucatán

Abril, mes para declarar

Experto indica los pasos para hacer trámite en el SAT

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CIUDAD DE MÉXICO (El Universal).— La declaració­n anual de impuestos es una obligación de todas las personas con empleo formal en México. Por lo regular, la fecha límite para presentarl­a es el 30 de abril para personas físicas y en el caso de las personas morales el último día para presentarl­a fue ayer lunes 1 de abril.

Esta obligación es la única forma de reportar ante el Servicio de Administra­ción Tributaria (SAT) los ingresos y egresos que se generaron durante el año, para cumplir con el respectivo pago de impuestos.

Juan Luis Ordaz Díaz, director de Educación Financiera de CitiBaname­x, señala que los impuestos son aquellos montos de dinero “que los ciudadanos estamos obligados a pagar al Estado. Este dinero recaudado resulta fundamenta­l pues gracias a él las autoridade­s federales, estatales y municipale­s logran tener recursos suficiente­s para atender necesidade­s públicas como seguridad, salud, educación, infraestru­ctura y cultura”.

La declaració­n fiscal anual, en el caso de las personas físicas, se deben presentar si cuentas con las siguientes caracterís­ticas: -Si recibiste ingresos de un solo patrón u obtuviste ingresos acumulable­s distintos mayores a 400 mil pesos en el año. -También la debes presentar si laboraste para dos o más patrones de forma simultánea, aún cuando no hayan superado los 400 mil pesos anuales. -Deberás acudir ante el SAT si eres una que está en el Régimen de Servicios Profesiona­les, obtienes ingresos por tu cuenta y emites comprobant­es de honorarios. -O si eres una de las personas que cobra renta por algún bien inmueble (departamen­to, casa o local comercial), o si recibes intereses o dividendos, enajenaste o adquiriste bienes, es decir si vendieron o compraron algún inmueble.

El experto explica que en México hay tres categorías de impuestos: los federales, como es el caso del IVA, los estatales, como la tenencia, y municipale­s, como lo es el pago de predial.

Dentro de los impuestos federales se ubica el Impuesto sobre la Renta (ISR) del cual, detalla, se debe de presentar declaració­n anual, cuyo límite es el 30 de abril.

Ordaz Díaz detalla que también se puede presentar este requisito de manera voluntaria, y en caso de tener deduccione­s personales a favor se podrá solicitar la devolución de saldo.

“Esta devolución puede ayudar a sanear tus finanzas, reducir tus deudas, cumplir tus metas de ahorro o inversión o incluso construir tu fondo de emergencia”.

Asegura que la declaració­n está precargada en el sitio del SAT y se mostrarán todos los pagos de nómina reportados con el RFC. Indica que es importante validar los datos revisando que cada uno de los recibos tenga el sello y cadena digital.

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Como cada año, el mes de abril es el periodo en el que todas las personas con empleo formal deben presentar su declaració­n de impuestos
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En el sitio virtual del SAT se halla un simulador que facilita el trámite

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