Reclutan a la Clase 2006 para el SMN
Invitan a la Clase 2006 y a jóvenes remisos a iniciar el trámite, el 15 de septiembre concluye la convocatoria
La administración municipal 2021-2024 a través de la Coordinación de la Junta Municipal de Reclutamiento, invita a los jóvenes de la Clase 2006 y remisos a tramitar su precartilla del Servicio Militar Nacional (SMN).
Los jóvenes que cumplan 18 años de enero a septiembre de este año y remisos (o atrasados) pueden acercarse a las oficinas de esta coordinación de la Junta de Reclutamiento en Tuxtla Chico, debiendo presentar la siguiente documentación: Acta de nacimiento actualizada original y copia, copia de la credencial del INE, CURP amplificada al 200%, certificado del último grado de estudios, un comprobante de domicilio y 5 fotografías tamaño cartilla, frente descubierta, sin barba y sin bigote.
En este mismo espacio se les brindará información para obtener la Cartilla del Servicio Militar Nacional; el gobierno municipal invita a los jóvenes a cumplir con este documento de identificación oficial.
El horario de atención es de 9:00 am a 5:00 pm de lunes a viernes, la oficina se encuentra en la planta alta del mercado municipal, a un costado de la Secretaría de Obras Públicas.
CONCEPTO DEL SMN
Los soldados del SMN y las mujeres voluntarias que cumplen encuadrados acudiendo los sábados, de acuerdo al Programa General de Adiestramiento, se adiestran para adquirir los conocimientos básicos sobre la doctrina militar vigente en los Centros de Adiestramiento establecidos en las Unidades del Ejército, Fuerza Aérea y Armada de México, para desarrollar en ellos habilidades, valores y virtudes que les permitan ser mejores ciudadanos.
Al cumplir con su deber constitucional, forman parte de las reservas nacionales, para que en caso de una movilización o necesidad del país se integren a las Fuerzas Armadas legítimamente constituidas para realizar la defensa de la soberanía nacional o en auxilio a la sociedad, en caso que se registren fenómenos perturbadores naturales o humanos que generen un desastre de grandes magnitudes.
Es una obligación ciudadana con sustento en el Art. 5/o. de la Constitución Política de México