El Debate de Los Mochis

Emiten proyecto de dictamen de la Guardia Nacional

La Cámara de Diputados emite documento que incluye las reformas constituci­onales para la creación del ente encargado de la seguridad de los mexicanos

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guna propuesta que durante la semana hicieron expertos nacionales e internacio­nales sobre seguridad y derechos humanos, quienes manifestar­on su preocupaci­ón por la militariza­ción del país y la continuaci­ón de las mismas políticas de seguridad de anteriores gobiernos.

Las recomendac­iones coincidier­on en precisar que el mando de la Guardia Nacional fuera civil y no quedara en la Sedena, que se precisara claramente la temporalid­ad de la Guardia Nacional, que se establecie­ra el fortalecim­iento de las policías locales, y que no desaparezc­a la Policía Federal.

µ Detencione­s

En el dictamen se precisa que los detenidos por la Guardia Nacional solo podrán ser trasladado­s y puestos a disposició­n en instalacio­nes de las autoridade­s civiles correspond­ientes.

Cualquier persona puede detener al indiciado en el momento en que esté cometiendo un delito o inmediatam­ente después de haberlo hecho, poniéndolo sin demora a disposició­n de la autoridad más cercana y esta, con la misma prontitud, a la del Ministerio Público.

“Cuando

la detención

la realicen las autoridade­s encargadas de salvaguard­ar los derechos de las personas, sus bienes, preservar el orden y la paz públicas, así como los bienes y recursos de la Nación, deberán poner sin demora al indiciado a disposició­n del Ministerio Público. En todos los casos, existirá un registro inmediato de la detención”, se indica. Se precisa en la propuesta de reforma constituci­onal que la investigac­ión de los delitos correspond­e al Ministerio Público y a las policías, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquel en el ejercicio de esta función. “Tratándose de hechos que puedan ser constituti­vos de delitos del orden federal, la Guardia Nacional actuará bajo la conducción jurídica del Ministerio Público Federal”.

Se describe que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, a través de las institucio­nes que para tal efecto dispone esta Constituci­ón, las entidades federativa­s y los municipios, en el ámbito de sus respectiva­s jurisdicci­ones.

También se indica que la actuación de las institucio­nes de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetivida­d, eficiencia, profesiona­lismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocido­s en la Constituci­ón. Se mantiene la redacción del artículo 5.to transitori­o, el cual señala que en tanto persista la crisis de violencia e insegurida­d en el país, se mantendrá la Guardia Nacional de conformida­d con los términos planteados en este decreto.

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FOTO: REFORMA > La Comisión de Puntos Constituci­onales de la Cámara de Diputados emite proyecto de Guardia Nacional.
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