Emiten proyecto de dictamen de la Guardia Nacional
La Cámara de Diputados emite documento que incluye las reformas constitucionales para la creación del ente encargado de la seguridad de los mexicanos
guna propuesta que durante la semana hicieron expertos nacionales e internacionales sobre seguridad y derechos humanos, quienes manifestaron su preocupación por la militarización del país y la continuación de las mismas políticas de seguridad de anteriores gobiernos.
Las recomendaciones coincidieron en precisar que el mando de la Guardia Nacional fuera civil y no quedara en la Sedena, que se precisara claramente la temporalidad de la Guardia Nacional, que se estableciera el fortalecimiento de las policías locales, y que no desaparezca la Policía Federal.
µ Detenciones
En el dictamen se precisa que los detenidos por la Guardia Nacional solo podrán ser trasladados y puestos a disposición en instalaciones de las autoridades civiles correspondientes.
Cualquier persona puede detener al indiciado en el momento en que esté cometiendo un delito o inmediatamente después de haberlo hecho, poniéndolo sin demora a disposición de la autoridad más cercana y esta, con la misma prontitud, a la del Ministerio Público.
“Cuando
la detención
la realicen las autoridades encargadas de salvaguardar los derechos de las personas, sus bienes, preservar el orden y la paz públicas, así como los bienes y recursos de la Nación, deberán poner sin demora al indiciado a disposición del Ministerio Público. En todos los casos, existirá un registro inmediato de la detención”, se indica. Se precisa en la propuesta de reforma constitucional que la investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las policías, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquel en el ejercicio de esta función. “Tratándose de hechos que puedan ser constitutivos de delitos del orden federal, la Guardia Nacional actuará bajo la conducción jurídica del Ministerio Público Federal”.
Se describe que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, a través de las instituciones que para tal efecto dispone esta Constitución, las entidades federativas y los municipios, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones.
También se indica que la actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en la Constitución. Se mantiene la redacción del artículo 5.to transitorio, el cual señala que en tanto persista la crisis de violencia e inseguridad en el país, se mantendrá la Guardia Nacional de conformidad con los términos planteados en este decreto.