De diferendo
La RAE lo define como: “Diferencia, desacuerdo, discrepancia entre instituciones o Estados”. Siendo Sinaloa el Poder Legislativo, Judicial y Ejecutivo instituciones del Estado, lo que ocurrió el jueves pasado en el Congreso del Estado, del caso de los magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa, es un claro ejemplo de un diferendo. El tema es encontrar la razón de las discrepancias que lo construyen. Analizando por partes podemos encontrar: PRIMERO, está la discrepancia que hubo en el seno del Poder Judicial. Hubo una sentencia de un tribunal del Poder Judicial federal que se notificó por oficio al Congreso del Estado de Sinaloa (Poder Legislativo local), al Gobierno del Estado (Poder Ejecutivo local) y al Tribunal en cuestión. Lo cual el tribunal (Poder Judicial federal) decide hacerlo por oficio. Aquí se da una primera diferencia. Al notificar el tribunal federal de la demanda de aclaración de Torres Ulloa, decide hacerlo no notificando por oficio, sino por otro método, lista de acuerdos en estrados. Es decir, las dos formas de hacer pública información de un tribunal federal, ambas válidas, son por oficio y por estrados. Dos maneras diferentes de notificar. Pero con igualdad de sentido: hacer pública la decisión de un tribunal del Poder Judicial federal. Esto hace, más allá de cualquier interpretación, que la demanda de aclaración de Torres Ulloa, más allá del resultado final, el tribunal federal la haya hecho pública para Torres Ulloa, EL DEBATE, otro medio de comunicación, el gobierno (Poder Ejecutivo local) o
el Congreso (Poder Legislativo local) de Sinaloa.
DE DIPUTADOS LOCALES DE MORENA SEGUNDO, está la diferencia que hay entre los diputados del Congreso del Estado. Hay varios vectores en este sentido. Uno, que la sentencia, “notificada” por oficio, tenía efectos suspensivos, por la “notificación” por lista de acuerdos en estrados. En este disentimiento estuvieron diputados de Morena de un lado, y diputados de otros partidos y Morena por el otro. Dos, la división del grupo mayoritario de Morena: unos apoyando la línea política de la presidenta de la Junta de Coordinación Política; los otros, disintiendo con esa línea política. Más allá de las razones del diferendo, la realidad es que ese desacuerdo existe, prueba es que sólo votaron y asistieron a la continuación de la sesión 20 diputados de Morena y PT. Ahora, se puede bordar en la causa de la diferencia entre legisladores de la misma fracción, pero el hecho real es que la disciplina partidista no existió, y en un partido político eso es esencial. Es decir, en Morena hay diferencias que se hacen públicas y tienen efectos en la acción legislativa. Si hubieran asistido a la reanudación de la sesión, lo más sencillo en la práctica legislativa hubiera sido convocar a una sesión extraordinaria y acatar la sentencia. Aunque se siguiera ignorando la publicación de notificación por estrado de la lista de acuerdos donde se hacía “pública” la demanda de aclaración de esa sentencia. Al haber 50% más uno de los miembros del Congreso no hubiera, en ese sentido, ninguna posibilidad de haber diferencias en la acción del Poder Legislativo local.
DE INEFICIENCIA POLÍTICA
TERCERO, está la acción que hizo se diera el diferendo en la fracción legislativa de Morena. Esa acción se ha reportado, en los medios, de la siguiente manera: Una diputada de Morena, en tribuna, exponiendo los teléfonos celulares de los diputados faltantes mandando el mensaje característico de que estaban apagados. De nuevo, más allá de razones para que los diputados faltantes respondieran a esa acción, el origen o autor de ella, quedó demostrado que no fue eficiente. Faltaron cuatro celulares de apagarse. Si la acción hubiera logrado que cuatro celulares más se hubieran apagado, entonces, simplemente no se hubiera podido reanudar la sesión. Quién o quienes fueron responsables de la acción de la disciplina partidista en Morena de uno, como de la ausencia de ella en otros, no fueron eficientes. Faltó un celular de prender para unos y faltaron cuatro de apagar para los otros. Pura ineficiencia de ambos lados en la acción del Poder Legislativo local, que tuvo como producto el diferendo.
PÁRRAFOS: DE GOBERNABILIDAD La cohabitación política que hay en Sinaloa entre el Ejecutivo de un partido y la mayoría del Legislativo de otro, tendrá en el marco de la gobernabilidad su principal reto. En ese sentido, el rol que asuma cada uno de las partes del escenario político del Estado deberá ser intermediado en sus intereses para privilegiar la gobernabilidad. Las diferencias políticas existen, pues hay dos partidos en la titularidad de ambos poderes. La gobernabilidad va más allá de fronteras partidistas, atañe a todos los ciudadanos. El proceso electoral que culminará con la elección de julio 2021, iniciará en Sinaloa hasta finales de 2020. Antes de eso, las partes y los diversos actores políticos deberán privilegiar la gobernabilidad por sobre su interés particular. Esto, no implica que no se haga trabajo político. Ni tampoco que cada uno de los pretensos aspirantes deje de ejercer una acción que busque posicionarlo, en el escenario del conocimiento y preferencias electorales de la ciudadanía. Así como, de sus dirigencias políticas y partidistas.