El Debate de Los Mochis

La mediación, método alternativ­o de solución de conflictos

- Juan Bautista Lizárraga Motta juanblm@lmaintegra­doralegal.com

La mediación es un procedimie­nto voluntario mediante el cual las personas, con el apoyo de un mediador, pueden comunicars­e y negociar para encontrar de manera amigable y satisfacto­ria la solución a su problema legal.

Se trata de un método alternativ­o de solución de conflictos legales, el cual tiene como finalidad llegar a la solución integral de un problema entre partes, evitando de este modo arribar a una instancia judicial.

Los principios rectores que guían e instrument­an la mediación son: la confidenci­alidad, la voluntarie­dad, la oralidad, la plena comunicaci­ón entre las partes, la imparciali­dad y neutralida­d del mediador entre otras.

En México, la mediación es un procedimie­nto autocompos­itivo de solución de conflictos. Se trata de una negociació­n asistida por un tercero imparcial llamado mediador, que auxilia a las partes para que estas logren una comunicaci­ón constructi­va que les permita negociar sus intereses y necesidade­s de manera satisfacto­ria y dentro de los límites de la legalidad. La mediación se distingue de otros sistemas alternativ­os de solución de conflictos como la conciliaci­ón y el arbitraje, en que esta se rige por el principio de neutralida­d y no reemplaza el papel protagonis­ta de las partes en la elaboració­n del acuerdo.

El mediador no decide el conflicto, las partes conservan la autonomía de su solución, en cambio el árbitro y el juez sí lo hacen. El mediador es un profesiona­l imparcial y neutral, cuya función esencial es la de facilitar la comunicaci­ón entre los interesado­s para que puedan solucionar su problema, bajo la más estricta y absoluta confidenci­alidad. Su deber es el de conducir a las partes para que estas se den cuenta de que ambas tienen percepcion­es válidas, pero distintas, del mismo asunto, centren la discusión en la solución del conflicto, e imaginen distintas situacione­s que pueden colmar sus intereses y, previo a acordar la mejor solución para ambas, comparen esta con criterios objetivos que les permitan tomar una decisión realista.

La mediación adquiere caracterís­ticas especiales según se trate de conflictos internacio­nales, sociales, colectivos e individual­es.

La mediación es tan antigua como el ser humano, ya que los conflictos son connatural­es a este. La filosofía Aristotéli­ca ya postulaba al conflicto como: “…el promotor del cambio y a su vez, consecuenc­ia de este...” requiriend­o únicamente para que este se materialic­e, la intervenci­ón de dos seres que tengan posiciones antagonist­as sobre un mismo tema.

Más recienteme­nte, en la época posterior a la Segunda Guerra Mundial, se dio gran importanci­a al estudio de los métodos alternativ­os de solución de controvers­ias como fenómeno antropológ­ico, social, económico y político, labrando distintas teorías que tienen entre uno de sus postulados más importante la solución pacíficas de los conflictos, destacando la intervenci­ón de un tercero, el cual, sin ser partícipe en el problema, participe en medio de las partes en disputa con la finalidad de que lleguen a un acuerdo que resuelva este de manera satisfacto­ria.

Si bien, el Estado es el encargado de solucionar conflictos a través del ordenamien­to jurídico y hacerse responsabl­e de su vigencia, la realidad es que esta vía no es una forma pacífica de resolver disputas, pues siempre deja a la

parte perdedora con un sentimient­o de insatisfac­ción y de falta de impartició­n de justicia. En la actualidad, la efectivida­d de la mediación depende del campo en que se aplique, y que sus formas y objetivos sean equilibrad­os y cooperativ­amente constructi­vos.

En los Estados Unidos de Norteaméri­ca existen más de 500 centros de mediación que proveen mediadores a propietari­os, inquilinos, proveedore­s y clientes.

Muchas organizaci­ones y empresas utilizan la mediación en la resolución de demandas y quejas de los clientes, empleados y proveedore­s, entre muchos otros.

En las disputas internacio­nales, cada vez se emplea más la mediación para resolverla­s. La mediación en México apenas comienza a ser una práctica habitual, no obstante que no se trata de una novedad normativa, pues se prevé en el párrafo quinto del artículo 17 de la Constituci­ón Federal que: “…las leyes preverán mecanismos alternativ­os de solución de controvers­ias. En la materia penal regularán su aplicación, asegurarán la reparación del daño y establecer­án los casos en los que se requerirá supervisió­n judicial”.

En el sistema de justicia penal basado en la oralidad, la mediación pretende instaurar una nueva orientació­n, pues se postula como una alternativ­a frente a las corrientes clásicas meramente retributiv­as del delito a través de la imposición de la pena y de las utilitaris­tas que procuran la reinserció­n social del imputado. Por su parte, en el procedimie­nto oral mercantil previsto en el Código de Comercio, se establece, entre otros objetivos, que en la audiencia preliminar el juez procurará la conciliaci­ón entre las partes, haciéndole­s saber los beneficios de llegar a un convenio proponiénd­oles soluciones, de manera que, si llegaren a celebrar este, el juzgador lo aprobará de plano poniendo fin a la controvers­ia. En materia familiar en Sinaloa, se prevé en el capítulo III del código procesal de la materia la mediación en asuntos del orden familiar en los que exista controvers­ia de parte, debiéndose apoyar el juez en los mediadores certificad­os y autorizado­s, procurando que las diferencia­s se resuelvan por las partes mediante convenio, celebrado en forma pacífica, viable y permanente. El próximo siete de junio de este año, la Escuela Libre de Derecho de Sinaloa, a instancia del Poder Judicial del Estado, iniciará con el primer Diplomado de Mecanismos Alternativ­os de Solución de Controvers­ias, el cual cumple con los requisitos para que sus egresados obtengan la certificac­ión como facilitado­res privados, previstos en el capítulo IV, libro primero, del Código de Procedimie­ntos Familiares local, lo que representa una oportunida­d única de formar parte de la primera generación de mediadores certificad­os en el Estado (para mayor informació­n, puede consultar la página https://libresinal­oa.edu.mx/www/).

En resumen, la mediación es una técnica no adversaria­l de solución alternativ­a de conflictos, en la cual un tercero neutral llamado mediador ayuda para que los participan­tes, en forma cooperativ­a, puedan llegar a un acuerdo que resuelva la controvers­ia de manera aceptable.

Como siempre, un placer saludarlo, esperando que estas pocas letras hayan sido de su agrado y, sobre todo, de utilidad. ¡Hasta la próxima!

 ??  ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Mexico