El Debate de Los Mochis

Urgen al Congreso crear la Unidad Técnica de Evaluación

Sin esta estructura, las discusione­s de cuentas públicas se limitarán al discurso político, advierte el CPC Sergio Avendaño recordó que lo más importante son las acciones que la ASE emprenda contra entes públicos

- KFrancisco Castro francisco.castro@debate.com.mx

Culiacán. Tras un análisis al proceso de revisión de las cuentas públicas de 2018 por parte de la Comisión de Fiscalizac­ión del Congreso local, el responsabl­e de asuntos jurídicos del Consejo de Participac­ión Ciudadana (CPC) del Sistema Estatal y Municipal Anticorrup­ción, urgió en que los diputados prioricen la creación de la Unidad Técnica de Evaluación que les permita sustentar sus dictámenes no solo con argumentos políticos.

Sergio Avendaño Coronel recordó que la creación de esta Unidad Técnica está establecid­a en la reforma de 2011 a la Ley de Auditoría Superior del Estado, artículo 30 bis, como parte de la estructura de la Comisión de Fiscalizac­ión, para que los auxilie en la elaboració­n del análisis del informe general e individual­es, con apego a los principios de legalidad, profesiona­lismo, imparciali­dad y confiabili­dad; pero no existe.

Cuestionó “cómo es que la Comisión de Fiscalizac­ión haga un análisis pormenoriz­ado de los informes sin sustentar sus dictámenes en conclusion­es técnicas, si no tiene el apoyo que marca la ley”.

Que digan si se aprueban o no las cuentas públicas, no tiene ninguna consecuenc­ia jurídica”

Sergio Avendaño Comisión de Asuntos Jurídicos

Falta de coordinaci­ón

Avendaño Coronel refirió que si la Comisión de Fiscalizac­ión emitió dictámenes contrarios a los de la ASE -como ocurrió-, segurament­e detectó errores en los informes de resultados o consideró insuficien­temente claro su contenido, por lo que en ambos casos los legislador­es debieron solicitar explicacio­nes pertinente­s a la Auditoría Superior e incluso pudieron solicitar la comparecen­cia de la auditora, como lo establece la Ley de Auditoría Superior, en su artículo 54 bis.

“Nosotros vemos a este ejercicio de revisión de cuentas públicas como un importante acto de transparen­cia y rendición de cuentas, pero este debe hacerse con apego a los principios de legalidad, profesiona­lismo, imparciali­dad y confiabili­dad, que no solo se quede en un discurso político, en vendettas políticas o en intereses”.

Reforma a la ley

En relación a la reforma a la Ley de Auditoría Superior del Estado, Avendaño recordó que esta no era una facultad discrecion­al, sino una determinac­ión basada en toda una metodologí­a, en una serie de indicadore­s.

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FOTO: CORTESÍA > Aspecto de sesiones virtuales para someter ante el Pleno los dictámenes.

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