REFORMA A LA LEY DEL ISR AFECTARÍA A ORGANIZACIONES
La Red por los Derechos de la Infancia en México manifestó su preocupación ante la propuesta del ejecutivo que impactaría el apoyo para las organizaciones civiles en México
El Gobierno de México ha propuesto reformar la Ley del Impuesto Sobre la Renta. De aprobarse, generaría una afectación económica para las organizaciones que reciben donativos individuales, ya que plantea limitar de manera sustantiva la deducibilidad de donativos y disminuir los recursos que las organizaciones reciben para llevar a cabo sus actividades. La Red por los Derechos de la Infancia en México ha manifestado que son preocupantes las implicaciones que esta posible reforma puede tener para la vida de las organizaciones de la sociedad civil, particularmente, las dedicadas a la promoción y defensa de los derechos de niñas, niñas y adolescentes, ya que el 29.6 por ciento de las organizaciones en México atienden a este sector vulnerable.
Tania Ramírez Hernández, directora de la Red por los Derechos de la Infancia en México, indicó que la propuesta tiene efectos regresivos en términos de derechos humanos y no dimensiona el impacto que puede tener ante el deber de velar por el Interés Superior de la Niñez.
«La propuesta de reforma al artículo 151 de la LISR tiene un claro propósito recaudatorio. Su aprobación disminuiría las deducciones que podrían obtener los donantes, personas físicas, que tendrían que pagar más impuestos o destinar sus recursos a otras actividades, lo que desincentivaría el otorgamiento de donativos a las instituciones que realizan importantes actividades de desarrollo y beneficio social, como las donatarias autorizadas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT)», apuntó Ramírez Hernández.
¿Qué dice la propuesta?
De acuerdo con la Exposición de Motivos de la propuesta de adición a la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), emitida por el Ejecutivo federal, se señala que, de conformidad con lo establecido en el artículo 151, en su último párrafo, el monto total de las deducciones que podrán efectuar los contribuyentes no podrá exceder de la cantidad que resulte menor entre cinco veces el valor anual de la UMA o del 15 por ciento del total de los ingresos del contribuyente, incluyendo aquellos por los que no se pague el impuesto; en esa disposición se establece una limitante global para las deducciones. Además, el monto total de las deducciones personales que podrán efectuar los contribuyentes no podrá exceder de la cantidad que resulte menor entre cinco veces el valor anual de la UMA ($163,467.00) o del 15 por ciento del total de los ingresos del contribuyente. La directora de la Red por los Derechos de la infancia, Tania Ramírez Hernández, añadió que esta medida atenta contra el sentido de la solidaridad y de la corresponsabilidad, tan importantes de fomentar en la cultura mexicana y más aún en un contexto de crisis por pandemia y económica. «Si bien 3 de cada 4 personas en las OSC son voluntarias, lo que indica que el trabajo e impacto positivo siempre es mayor al de los ingresos que obtienen, operar y coordinar este trabajo depende de organizaciones en buen estado económico», sostuvo.
Impactos:
Tania Ramírez Hernández, directora de la Red por los Derechos de la Infancia en México, Redim, indicó que con esta reforma aproximadamente 5 mil 73 organizaciones se verían afectadas, particularmente mil 817 organizaciones que obtienen entre el 30 y el 100 por ciento de su ingreso total por donativos de personas físicas nacionales.
Algunas de las actividades que se verían más afectadas, según agregó, son las relacionadas con la atención a necesidades básicas de subsistencia, como servicios médicos y de rehabilitación, asistencia jurídica, orientación en temas de trabajo infantil, violencia, servicios de desarrollo a pueblos y comunidades indígenas, y atención a personas con discapacidad.
En este contexto, sostuvo que los beneficiarios más afectados serían niños, niñas y adolescentes que reciben apoyo para procesos educativos y para tratamientos médicos u hospitalarios, que se encuentran en albergues o casas hogar.
De igual modo, de aprobarse la propuesta de modificaciones a la LISR, las organizaciones podrían dejar de percibir 8 mil 221 millones 294 mil 801 pesos que, al día de hoy, se destinan en un 69 por ciento para la realización de actividades asistenciales, 12 por ciento para actividades educativas y 9 por ciento para actividades culturales, entre otras.
Por tal motivo, Ramírez Hernández indicó que si la propuesta se aprueba en sus términos, se propiciará, desde la ley misma, una afectación a un importante universo de organizaciones de la sociedad civil y a las miles de personas beneficiarias de sus actividades en rubros tan relevantes. «Esto afectará, además, los derechos de libre asociación y participación ciudadana, que el Estado debiera de promover, no de limitar», sostuvo.
La activista hizo el llamado para que las y los tomadores de decisiones en esta materia no lleven a efecto la citada propuesta de reforma al art. 151 de la LISR y que así se preserve el Interés Superior de la Niñez como un criterio también de orientación legislativa.
“Esto afectará, además, los derechos de libre asociación y participación ciudadana, que el Estado debiera de promover, no de limitar”.
Tania Ramírez Hernández Red por los Derechos de la Infancia en México