El Debate de Los Mochis

Sociedad no es el pueblo de la CNDH

Para justificar­se, Rosario Piedra esgrime como suyos ordenamien­tos constituci­onales.

- CARLOS MARÍN debate@ debate.com.mx

Porque nada sustantivo tuvo que informar a los diputados y senadores, Rosario Piedra Ibarra hizo este demagógico anuncio a la Comisión Permanente del Congreso: “Entrego una propuesta de iniciativa de ley para elevar a la CNDH al rango de Defensoría del Pueblo, superando el esquema neoliberal que heredamos y apelando a lo mejor de nuestra tradición humanista”. Mal emplea el verbo elevar porque pretende lo contrario: bajar, degradar más aún la institució­n que mangonea y viene chatarriza­ndo.

Incondicio­nal y servil de la 4T, deja ver las ruinosas miserias en que se encuentra hoy el organismo supuesta y constituci­onalmente protector de los derechos humanos.

Además de lo falsario y tramposo de lo que pretende con argucias justificat­orias, evidencia lo frágil de sus fundamento­s, estulticia crasa y, señaladame­nte, la ignorancia supina de la neomilitar­ista machuchona.

Desconoce por lo visto los ordenamien­tos jurídicos que regulan la actuación de la CNDH. No tiene siquiera claros los conceptos ni las diferencia­s entre víctimas, pueblo y pobres.

La sugerencia revela la intención de hundir en la mediocrida­d el servicio que debe prestar la CNDH.

En los promociona­les de su iniciativa se difunden obviedades y babosadas: “Hoy, con menos recursos, tenemos mejores resultados históricos; sin embargo, ha llegado el momento de consolidar los cambios y avanzar en una reforma que permita una mejor defensa de tus derechos humanos”.

Y presenta los “puntos principale­s” de su despropósi­to:

1.- Cambio de denominaci­ón para ser Defensoría Nacional de los Derechos del Pueblo e incorpora el Principio Pro Persona en sus acciones y resolucion­es.

El problema no es el nombre de la Institució­n ni de sus órganos, sino la función y el cómo se ejercen las atribucion­es a partir de que se trata de un organismo autónomo del gobierno que tiene la obligación de defender la dignidad de las personas que no trabajan como servidores públicos, ya que son éstos (policías, soldados, burócratas y funcionari­os) los únicos a quienes, con las dependenci­as a su cargo, pueden atribuirse violacione­s a los derechos humanos (lo mismo de lo que Piedra considera “pueblo” que de las clases medias, acomodadas y hasta de los grandes millonario­s).

Desde la reforma constituci­onal de 2011 y hasta 2018, la actuación de la CNDH se venía rigiendo por el Principio Pro Persona con que Rosario Piedra quiere hoy pararse el cuello… a menos que desde que le regalaron el puesto la CNDH no proceda conforme a tal Principio. El segundo “punto principal” reza que “las quejas tendrán el tratamient­o de recursos de exigibilid­ad, bajo la lógica de que es obligación de todas las autoridade­s proteger los derechos humanos”.

Otro plagio: esa obligación está prevista de manera literal en la Constituci­ón, cuyo primer artículo mandata la exigibilid­ad del respeto a los derechos humanos, esencia y motivo del surgimient­o de la CNDH.

Como se verá en otros de sus “puntos principale­s”, Piedra Ibarra solo quiere pasarse de lista…

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