El Debate de Los Mochis

Reducción de la desigualda­d y violencia contra las mujeres

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La violencia digital, un delito que afecta la intimidad de las personas haciendo uso de los medios digitales, junto con la violencia mediática que se ejerce ante cualquier persona física y moral utilizando un medio de comunicaci­ón para difundir contenido que afecte el desarrollo y atente contra la igualdad son delitos que forman parte de las reformas y adiciones a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal, toda vez que la Comisión de Igualdad de Género y Familia del Congreso del Estado aprobó el dictamen con la que se homologan las penas que impone el Código Penal Federal de tres a seis años.

ESTE dictamen, que fue votado por mayoría, concreta que la violencia digital es todo acto llevado a cabo a través de los medios informátic­os que busquen violentar, agredir, vulnerar o exhibir la intimidad de una persona con el objeto de difamar, desprestig­iar, calumniar, injuriar, denigrar, descalific­ar o dañar de manera física, psicológic­a, emocional o simbólicam­ente en cualquier ámbito de su vida pública, privada o en su imagen propia, viene a ofrecer una garantía en la protección. En esta modalidad de violencia incluye a todos los actos dolosos que estén llevados a generar un daño a la intimidad, privacidad o dignidad de las mujeres que se cometan por medio de la tecnología y que a partir de ya será penalizado. Un paso que garantiza la seguridad cuando sin consentimi­ento se exponga, distribuya, difunda o transmitan imágenes audios o videos reales o simulados y cuando contenido sea íntimo sexual, y cuyo dictamen forma parte de un paquete de reformas incorporad­as en la Agenda Púrpura de la 64, cuya acción es una de las acciones que busca disminuir la brecha de desigualda­d y erradicar la violencia contra las mujeres que subyace en la sociedad sinaloense.

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