Aprueban las modalidades de delitos de violencia
Congreso del Estado avala elevar penas de tres a seis años por viodeograbar y divulgar imágenes de intimidad sexual
El Pleno del Congreso del Estado aprobó ayer las modalidades de violencia mediática, digital y simbólica, así como las medidas correspondientes para su tratamiento y erradicación en Sinaloa, al elevar las penas de tres a seis años de prisión a quienes incurran en estas conductas.
Pornografía
Dentro del séptimo periodo extraordinario de sesiones se avaló reformas y adiciones a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la Ley de Responsabilidades Administrativas y Código Penal, como parte del combate a la pornografía y la difusión de imágenes sexuales en redes sociales, así como comunicación de contenido sexual con personas, niñas, niños o adolescentes y difunda contenido íntimo.
Grabaciones y fotos
También incurre en violación a la intimidad sexual quien para sí videograbe, audiograbe, fotografíe, imprima, elabore textos o almacene, duplique o multiplique imágenes, audios o videos de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento expreso, voluntario, genuino y deseado.
Esta conducta se sancionará con una pena de seis meses a dos años de prisión y de doscientos a cuatrocientos días multa.
Se impondrán sanciones cuando las imágenes, videos o audios de contenido íntimo de naturaleza sexual que se divulguen, compartan, distribuyan o publiquen no correspondan con la persona que es señalada o identificada en los mismos.
Violencia digital
En el Código Penal para el Estado de Sinaloa se reformó el artículo 185 Bis C para establecer que comete el delito de violación a la intimidad sexual aquella persona que por cualquier medio publique, divulgue, difunda, comparta o distribuya imágenes, videos o audios, imprima o elabore textos de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento expreso, voluntario, genuino y deseado.