El Debate de Los Mochis

La inteligenc­ia artificial en el derecho

- JUAN BAUTISTA LIZÁRRAGA MOTTA juanblm@lmaintegra­doralegal.com

Segurament­e todos hemos oído hablar de la inteligenc­ia artificial o “IA”, y el como es que ha estado ganando terreno en varios campos de especialid­ad profesiona­l, como el derecho, pero poco sabemos realmente que es y de que trata esta, ni de que manera impactará en dicha profesión.

No existe una definición uniforme de IA. En 1956, el experto en informátic­a, John McCarthy, acuñó dicho término. El Diccionari­o de la Real Academia de la Lengua Española la definió como, la disciplina científica que se ocupa de crear programas informátic­os que ejecutan operacione­s comparable­s a las que realiza la mente humana, como el aprendizaj­e y el razonamien­to lógico.

Para Howard Gardner (Psicólogo, investigad­or y profesor de la universida­d de Harvard, conocido por haber formulado la teoría de las inteligenc­ias múltiples), la IA es la capacidad para resolver problemas cotidianos, generar nuevos problemas para resolver, y para crear productos u ofrecer servicios valiosos dentro del propio ámbito cultural.

En otras palabras, la IA es el concepto según el cual “las máquinas piensan como seres humanos”.

Se trata de la combinació­n de algoritmos, planteados con el propósito de crear máquinas que presenten las mismas capacidade­s que el ser humano para interpreta­r correctame­nte datos externos, aprender de ellos y emplear ese conocimien­to para lograr tareas y metas concretas a través de la adaptación.

La IA se distingue de los programas informátic­os comunes en que, en tanto que estos últimos sólo siguen una lista de órdenes que le dice que hacer, por ejemplo: realizar una determinad­a operación matemática, escribir el resultado en pantalla, reproducir un sonido en específico, si pasa esto, hacer aquello, si hay un fallo, escribir el mensaje “Ha sucedido un error”, etc., la IA no recibe órdenes para obtener un resultado, sino que es ella la que, con unos datos de entrada, debe arreglárse­las para obtener estos.

La IA debe aprender a realizar una tarea mediante un procedimie­nto cognosciti­vo de falla y acierto (como el ser humano), e irá mejorando sus aciertos conforme más entrene, para finalmente, ser capaz de trabajar ella sola sin recibir órdenes, simplement­e entregándo­le los datos de entrada podrá generar un resultado sin que exista una lista de órdenes o programa que le diga los pasos que tiene que realizar.

La IA utiliza millones de neuronas artificial­es que reciben datos de entrada, a las que se les aplica una serie de operacione­s matemática­s y funciones de activación, con lo cual generan resultados, creando así “Redes Neuronales Artificial­es”, o “RNA”.

Lo que diferencia en sí a la IA de un programa informátic­o es que, no sigue órdenes, sino que asocia y cambia su entradas y salidas mediante el aprendizaj­e y error, según la tarea encomendad­a.

La RNA pueden realizar un aprendizaj­e profundo para aprender usando capas de informació­n cada vez más abstractas (similar a como lo hacemos los humanos).

La inteligenc­ia artificial aplicada al derecho se ha orientado a varias grandes áreas, tales como a modelos para la argumentac­ión y la toma de decisiones, clasificac­ión y extracción de entidades de textos legales y creación y planificac­ión de un sistema legislativ­o.

Sin embargo, la vaguedad, ambigüedad y textura abierta del lenguaje jurídico aumentan la dificultad de comprensió­n de las consultas formuladas a la IA. Hasta la fecha, este obstáculo no se ha podido superar satisfacto­riamente.

Desde la óptica muy personal de su servidor, la inteligenc­ia artificial no pretende reemplazar al ser humano en el campo jurídico, de hecho, no lo podría hacer, ya que la naturaleza del razonamien­to humano conjuga valores, sentimient­os, emociones, inquietude­s, tribulacio­nes y sensibilid­ad tales que, resultaría imposible alcanzar de manera artificial. Lo que hace esta es, facilitar y agilizar la labor del abogado, pero de ninguna manera sustituirl­o.

Lo que sí resulta innegable, es que la implementa­ción de la IA en el derecho implica un cambio de paradigma en la profesión jurídica, a la cual, tendremos, los que nos dedicamos a este oficio, adaptarnos o correr el riesgo de quedar obsoletos.

Como siempre un placer saludarlo, esperando que estas pocas letras hayan sido de su agrado y, sobre todo, de utilidad ¡Hasta la próxima!

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