Información “sensible y confidencial” del Acuario Mar de Cortés
Nos llamó la atención un reportaje suscrito por Miriam Ramírez del periódico El Universal, publicado el día de ayer lunes, con el encabezado: “Quirino Ordaz entregó inversión millonaria a su primo hotelero.” Se trata de la construcción del Acuario Mar de Cortés, en la que se realizó una inversión total de mil ochenta y nueve millones de pesos, con una aportación pública de 585 millones 790 mil pesos, en la que participó la Asociación Público Privada (APP) denominada Parque Central, cuyo mayor inversionista de la misma es Ernesto Coppel Kelly, primo del exgobernador de Sinaloa y actual embajador de México en España, Quirino Ordaz Coppel.
Al ser pariente Ordaz Coppel del inversionista mayoritario de dicha APP, claramente se observa que, en el tiempo de tal inversión, se estuvo en presencia de un conflicto de intereses, conforme a lo dispuesto por la fracción IX del artículo 7 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Sinaloa.
Dicha disposición establece que: Los Servidores Públicos observarán en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que rigen el servicio público.
Para la efectiva aplicación de dichos principios, los
Servidores Públicos observarán, entre otras, la siguiente directriz: Evitar y dar cuenta de los intereses que puedan entrar en conflicto con el desempeño responsable y objetivo de sus facultades y obligaciones.
Y es el caso que, a todas luces, al verse favorecida la APP denominada Parque Central, cuyo inversionista mayoritario, se reitera, es Ernesto Coppel Kelly, primo del actual Embajador de México en España; empresa que gestionó la construcción del Acuario Mar de Cortés, con la inversión antes mencionada, y con una aportación de 585 millones 790 mil pesos, provenientes de recursos públicos.
Ahora bien, para ocultar mayores datos, la información correspondiente fue clasificada como “sensible y confidencial”. Aunque es de aclararse que la primera clasificación – sensible– de la información pública no existe legalmente; mientras que la confidencial sí.
Se considera información confidencial, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 166 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa, aquella que no involucre el ejercicio de recursos públicos, y es el caso que se utilizaron recursos públicos en la construcción del Acuario Mar de Cortés, razón por lo cual dicha información “confidencial” es indebida.
Esto da motivo para investigar quién ordenó tal clasificación, si el propio Quirino Ordaz Coppel o el actual gobernador Rubén Rocha Moya. Quien haya sido, está sujeto a fincarle responsabilidades. Tiene la palabra la Auditoría Superior del Estado.