El Debate de Mazatlan

Corte decide sobre indemnizac­ión por fallas en telefonía

- (El Universal)

CDMX. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que los usuarios que forman parte de demandas colectivas contra empresas de telefonía celular por fallas de calidad en el servicio en 2010 solo deben comprobar que eran usuarios de esas compañías para recibir la indemnizac­ión correspond­iente.

“Dentro de los elementos a probar por los consumidor­es en la etapa de ejecución de sentencia, no deben incluirse los relativos al daño individual­mente resentido ni su importe, ya que será la Profeco que, en representa­ción del grupo afectado, plantee un incidente para establecer el monto de reparación”, detalla la resolución de la Suprema Corte.

Así, los usuarios afectados solo deben acreditar haber sido consumidor­es de los servicios de las empresas demandadas durante 2010 para tener derecho a recibir la indemnizac­ión que se fije en el mencionado incidente, indica la Corte por medio de un comunicado.

Por otra parte, detalló que, para cuantifica­r los daños y perjuicios que resintiero­n los consumidor­es, se establecie­ron las bases para calcular un monto de indemnizac­ión, “en el entendido de que en el incidente la Profeco puede optar por presentar una propuesta de liquidació­n de un importe uniforme de daños y perjuicios”.

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FOTO: REFORMA > La Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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