De consejeros del INE
En abril del 2023 concluyen su encargo cuatro de los once consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE): el presidente Lorenzo Córdova Vianello, la consejera Adriana Margarita Favela Herrera y los consejeros José Roberto Ruiz Saldaña y Ciro Murayama Rendón. Por equidad de género, debería haber en el proceso de elección al menos una consejera y dos consejeros, además de quién sea electa o electo presidente. A la fecha hay una iniciativa de reforma constitucional en materia electoral que envió el presidente López Obrador, pero esta no ha sido presentada al pleno de la Cámara de Diputados para su votación. Se requeriría de al menos la votación a favor de las dos terceras partes de los diputados federales para ser aprobada. Al momento no se vislumbra que se logre esa mayoría calificada para la iniciativa presidencial.
DE LA CONSTITUCIÓN MEXICANA. En caso de que no suceda esa aprobación, antes de abril del año entrante deberá seguirse el procedimiento vigente por el Apartado A de la Base V del artículo 41 de la Constitución mexicana para la elección de los consejeros y presidente del INE. A la letra dice ese apartado:
“El consejero Presidente y los consejeros electorales durarán en su cargo nueve años y no podrán ser reelectos. Serán electos por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados, mediante el siguiente procedimiento:”
Como se puede observar la elección de consejeros del INE está en la Constitución, no en una ley. El artículo 41 constitucional, establece cinco incisos para ese procedimiento: a) La Cámara de Diputados emitirá el acuerdo para la elección del consejero Presidente y los consejeros electorales, que contendrá la convocatoria pública, las etapas completas para el procedimiento, sus fechas límites y plazos improrrogables, así como el proceso para la designación de un comité técnico de evaluación, integrado por siete personas de reconocido prestigio, de las cuales tres serán nombradas por el órgano de dirección política de la Cámara de Diputados, dos por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y dos por el organismo garante establecido en el artículo 6o. de esta Constitución; b) El comité recibirá la lista completa de los aspirantes que concurran a la convocatoria pública, evaluará el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales, así como su idoneidad para desempeñar el cargo; seleccionará a los mejor evaluados en una proporción de cinco personas por cada cargo vacante, y remitirá la relación correspondiente al órgano de dirección política de la Cámara de Diputados; c) El órgano de dirección política impulsará la construcción de los acuerdos para la elección del consejero Presidente y los consejeros electorales, a fin de que una vez realizada la votación por este órgano en los términos de la ley, se remita al Pleno de la Cámara la propuesta con las designaciones correspondientes; d) Vencido el plazo que para el efecto se establezca en el acuerdo a que se refiere el inciso a), sin que el órgano de dirección política de la Cámara haya realizado la votación o remisión previstas en el inciso anterior, o habiéndolo hecho, no se alcance la votación requerida en el Pleno, se deberá convocar a éste a una sesión en la que se realizará la elección mediante insaculación de la lista conformada por el comité de evaluación; e) Al vencimiento del plazo fijado en el acuerdo referido en el inciso a), sin que se hubiere concretado la elección en los términos de los incisos c) y d), el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) realizará, en sesión pública, la designación mediante insaculación de la lista conformada por el comité de evaluación.
DE ELECCIÓN DE CONSEJEROS DEL INE. Las principales etapas del procedimiento de elección del presidente y consejeros del INE pasarán por la concertación que se logre en el órgano de dirección política de la Cámara de Diputados, la Junta de Coordinación Política, que preside el diputado Ignacio Mier de Morena. Pero en todo momento se requerirá de la votación de las dos terceras partes de la Cámara, mayoría que a la fecha no tiene Morena y sus aliados. Habrá que observar la intermediación y concertación política que logren las fracciones legislativas. En caso de no lograrse se tendría que recurrir a la SCJN.
PÁRRAFOS: DE PRESIDENCIA DE LA SCJN. Así como en el INE habrá elección de presidente y tres nuevos consejeros, en la SCJN habrá, el 2 de enero próximo, elección de nuevo Presidente. Ya hay siete ministras y ministros que han manifestado su interés en esa presidencia. Habrá que seguir el resultado de esa elección, para abordar el tema de nuevo, en caso en que llegue hasta la SCJN la elección de consejeros del INE.