Simulaciones en el INE
Hace unos meses, hacía referencia en este medio de comunicación sobre lo aberrante que es en un país como el nuestro, después de un sinnúmero de luchas y conquistas laborales, que tanto en la iniciativa privada como en la función pública se contrate a determinadas personas bajo el “régimen de honorarios”, siendo un instrumento muy conveniente para que los patrones no acarreen obligaciones en el presente y en el futuro, privando con ello a los trabajadores de las prestaciones a las que en justicia tienen derecho.
Afortunadamente, con la reforma a la Ley Federal del Trabajo publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado primero de mayo, en su artículo 5, se adicionó la fracción XIV, estableciendo: “Artículo 5o.- Las disposiciones de esta Ley son de orden público por lo que no producirá efecto legal, ni impedirá el goce y el ejercicio de los derechos, sea escrita o verbal, la estipulación que establezca: […] XIV. Encubrir una relación laboral con actos jurídicos simulados para evitar el cumplimiento de obligaciones laborales y/o de seguridad social, y…”.
No obstante la citada disposición expresa de reciente incorporación, diversos tribunales laborales ya se habían venido pronunciado por la inconstitucionalidad e ilegalidad de esas contrataciones por honorarios, la que cínicamente justifican y/o disfrazan en una supuesta “prestación de servicios profesionales”.
Al respecto, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, acaba de determinar que el Instituto Nacional Electoral (INE) incurrió en despido injustificado de nueve empleados, sentenciándolo al pago de diversas prestaciones, y en el caso de un trabajador cuya calidad era de honorarios, los magistrados reconocieron el vínculo laboral y condenaron al INE a pagar las cuotas integras de seguridad social de 14 años a la fecha, en que el trabajador estuvo en un régimen “simulado” por dicho instituto, según el mencionado tribunal (INE pagará 2 mdp por despidos sin justificar, www.eluniversal.com.mx, 08/07/2019).
De lo señalado en la nota referida, derivan dos implicaciones significativas: la primera, que el INE como institución promotora de los valores democráticos, que en cuyos fines se encuentra el de contribuir precisamente al desarrollo de la vida democrática y, que uno de sus principios rectores es el de la legalidad, a pesar de ello, tenga institucionalizada esa figura que atenta contra los derechos laborales de quienes en él trabajan.
La segunda, que en virtud de esa indignante transgresión a los derechos humanos de sus trabajadores, estos no cuenten con la permanencia laboral que les permita gozar de una jubilación, vacaciones, etc. Además, dada la fragilidad de su temporalidad, para que les sea renovada su contratación anual, es común que deban observar un comportamiento “institucional” de sumisión, evitando cualquier atrevimiento de inconformarse por las injusticias que se cometan en su contra. Esto es, que todavía que no se les reconocen sus derechos, corren el riesgo de quedarse sin trabajo después de años –y décadas- de servicio. Tremenda ingratitud.
No son pocos los que en el INE se encuentran contratados bajo la citada figura, y a pesar de que les son violados sus derechos, sus obligaciones son similares a las de sus compañeros que trabajan de manera permanente, pues tienen que observar un horario determinado, atender las indicaciones de un superior jerárquico, acudir a un centro de trabajo, etc., características inherentes a cualquier relación laboral. UNA VERDADERA SIMULACIÓN.
Para darse una idea del número de personas que están en esa situación, simplemente habrá que considerar –como mero ejemplo- que casi todas las personas que a lo largo y ancho del país atienden en los Módulos de Atención Ciudadana (lugares donde se tramita la credencial de elector), ya sea en los módulos fijos, como en los itinerantes que recorren las poblaciones rurales, están contratados bajo ese régimen de honorarios. Estamos hablando de miles de servidores públicos.
Paradójicamente, son esos trabajadores (junto con los de contratación permanente) quienes en virtud de las actividades institucionales mantienen una estrecha cercanía con la población, lo que ha contribuido a fomentar una buena imagen en favor del INE. Las autoridades superiores indudablemente tienen un enorme pendiente con quienes, según lo manifiestan recurrentemente algunos de ellos, son “el recurso más valioso de la institución”. Esos trabajadores no son quienes reciben altos sueldos, ni son a quienes les es cuestionado su desempeño.
Ahora falta que el INE y las demás instancias públicas y privadas a que haya lugar, observen a cabalidad el respeto a los derechos de sus trabajadores.
Dada su propia naturaleza, el INE se encuentra obligado a ser CANDIL DE LA CALLE Y RESPLANDOR DE SU CASA.