El Diario de Chihuahua

Se ampara aeropuerto contra el DAP

Quedará exento de pagar su cuota mensual o bimestral de forma indefinida

- Miguel Chavarría / El Diario

El Aeropuerto Internacio­nal de Chihuahua interpuso un juicio de amparo en contra de la Ley de Ingresos del Municipio de Chihuahua para evitar el pago por el Derecho de Alumbrado Público (DAP).

El amparo fue registrado bajo el número de expediente 547/2019 y fue aprobado el 29 de abril pasado por Salvador Jiménez, Juez Décimoprim­ero de Distrito en Chihuahua.

El DAP, aunque está inscrito en la ley como un derecho, es un impuesto que perciben los municipios de forma mensual o bimestral, por la prestación del servicio de alumbrado público que brinda la Comisión Federal de Electricid­ad (CFE), cuyo costo puede ir desde los 25.3 pesos hasta los 44 mil 779, dependiend­o de la clasificac­ión del predio, el cual puede ser habitacion­al, comercial, industrial/comercial e industrial.

El Aeropuerto Internacio­nal de Chihuahua señaló como responsabl­es del cobro del DAP a siete autoridade­s, entre las que destacan la Tesorería Municipal de Chihuahua, la Dirección de Ingresos del mismo ayuntamien­to, el Congreso local y el gobernador Javier Corral.

El Juez Federal sobreseyó el amparo respecto a la Tesorería y Dirección de Ingresos de Chihuahua capital por no ser considerad­os como responsabl­es de los actos reclamados por el aeropuerto. Sin embargo, ordenó el amparo y protección en contra del resto de las autoridade­s señaladas como tales.

Por ello, el Aeropuerto Internacio­nal de Chihuahua quedará exento de pagar su cuota mensual o bimestral del DAP de forma indefinida o hasta que cambien sus actos reclamados.

“El consumo de energía eléctrica es facultad exclusiva del Congreso Federal, por lo cual se invade la esfera de competenci­a y atribucion­es de la federación; además el derecho de alumbrado público recaudado por el municipio no puede considerar­se un derecho, sino un impuesto”, señaló la Justicia de la Unión.

Además, el juez federal ordenó que que la Tesorería del Municipio deberá devolver al Aeropuerto la cantidad que hayan pagado por concepto de aplicación del DAP, el cual es “declarado inconstitu­cional, y se abstenga de aplicar en lo futuro la Ley de Ingresos”.

Al igual que el Aeropuerto Internacio­nal de Chihuahua, otras cuarenta personas físicas y morales no están obligadas a pagar el DAP gracias a la promoción de amparos, según informació­n entregada vía Ley de Transparen­cia por la Tesorería Municipal de Chihuahua capital.

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