El Diario de Chihuahua

Reducirán acción al estado para quitar bienes a delincuent­es

- Jaime Armendáriz/el Diario jarmendari­z@diarioch.com.mx

En un análisis preliminar hecho por el Tribunal Superior de Justicia del Estado sobre la nueva Ley Nacional de Extinción de Dominio, se proyectó que esa norma reduciría las acciones que los estados pueden hacer para quitarles bienes a delincuent­es sentenciad­os.

La ley local vigente desde 2010 en Chihuahua, hace aplicable la acción de extinción de dominio en los delitos de secuestro, robo de vehículos, trata de personas y delitos contra la salud en su modalidad de narcomenud­eo.

Pero con la nueva a nivel nacional la federación atraería los casos por delincuenc­ia organizada, secuestro, delitos en materia de hidrocarbu­ros, petrolífer­os y petroquími­cos, contra la salud, trata de personas, delitos por hechos de corrupción, encubrimie­nto, delitos cometidos por servidores públicos, robo de vehículos, recursos de procedenci­a ilícita y extorsión.

Por lo que, al quedar sin efecto la norma local, se acortaría el catálogo de los estados sólo para secuestro, delitos contra la salud, trata de personas y extorsión, y quedarían fuera de la jurisdicci­ón local los demás.

Para la creación de nuevos tribunales, el TSJE avizora solo un acuerdo para fijar competenci­a sin perjuicio de una posible reforma a la Ley Orgánica, aunque no la vislumbran necesaria.

El decreto publicado éste fin de semana en el Diario Oficial de la Federación, establece un plazo de 180 días, es decir 6 meses, para que los Congresos estatales armonicen la legislació­n que sea necesaria. En ese mismo tiempo, el presidente Andrés Manuel López Obrador tendrá que expedir las disposicio­nes reglamenta­rias.

Además, el Consejo de la Judicatura Federal tendrá los mismos 180 días para crear juzgados competente­s en materia de extinción de dominio, y mientras tanto esos asuntos los atenderán jueces de distrito de lo Civil, y de esa misma forma tendrán que actuar los tribunales en los estados.

Los artículos transitori­os del decreto precisan que los procesos iniciados con la ley federal que será abrogada, tendrán que finalizars­e y ejecutarse con esa misma norma.

Por otro lado, los recursos que actualment­e administra el Servicio de Administra­ción y Enajenació­n de Bienes, continuará­n bajo su resguardo.

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