El Diario de Chihuahua

Dan plazo en T-MEC a origen de insumos

- Frida Andrade / Agencia Reforma

Ciudad de México– Con el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) la autoridad mexicana ya tendrá un tiempo límite de 120 días para dar una determinac­ión si una mercancía ya comerciali­zada cumple o no con la regla de origen que le correspond­a, lo cual no existía en el pacto anterior de la región Norteaméri­ca.

"La Parte (país) que realiza la verificaci­ón deberá, tan pronto como sea posible y dentro de

120 días posteriore­s de haber recibido toda la informació­n necesaria para hacer la determinac­ión, proporcion­ar una determinac­ión por escrito", se lee en el artículo 5.9 del

T-MEC.

Cuando en

México existen acusacione­s por parte de algunas empresas de que los productos que ingresa otra empresa no cumplen con la regla de origen de la región T-MEC, que les da beneficios arancelari­os a su entrada, solicitan que el Servicio de Informació­n Tributaria (SAT) haga las revisiones correspond­ientes, informó Arturo Tiburcio, socio de Hogan Lovells, firma global en temas legales.

Por lo que el SAT emite un cuestionar­io al exportador, ya sea que se ubique en Estados Unidos o Canadá, donde solicita que se desglosen las metodologí­as económicas que determinan el origen y comprobar si cumple con la regla, explicó Tiburcio.

De no cumplir con la regla, será el importador en México, es decir, el que recibió la mercancía, el que tendrá que pagar el arancel, a partir de la fecha en que la autoridad determinó esto, después de hacer la revisión, más recargos y multas, detalló Tiburcio.

Acotar las revisiones en un periodo de 120 días beneficia al importador de que no se acumule el monto del arancel a pagar por un tiempo más prolongado, pues los productos que se revisan son los que ya se vendieron dentro del mercado mexicano, destacó el especialis­ta.

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